Por unanimidad, los nueve legisladores de la Comisión Legislativa de Seguridad y Narcotráfico rechazaron el proyecto de ley que ponía en peligro las pruebas obtenidas mediante intervenciones telefónicas en los casos Cochinilla y Diamante, así como en juicios por narcotráfico.
Por ser un rechazo unánime, el proyecto 23.208 quedará archivado. La votación se produjo la noche de este lunes luego de que los diputados rechazaron las últimas 74 mociones de fondo que estaban pendientes de votar en el expediente.
El proyecto de la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Carolina Delgado, buscaba restituir el artículo 2 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, el cual permite las intervenciones telefónicas para este tipo de delitos mediante la declaratoria de procedimiento especial.
El problema, según advirtieron varios diputados, es que aprobar esa restitución habría implicado admitir que el artículo 2 fue derogado en el 2019, sobre lo cual hay un debate judicial.
En consecuencia, habrían quedado sin efecto las escuchas telefónicas de los casos Diamante y Cochinilla, en los cuales se investigan presuntos actos de corrupción en obra pública.
Votaron a favor de rechazar el proyecto de ley Gilbert Jiménez, Dinorah Barquero y Alejandra Larios, del PLN; Jorge Rojas y Alexander Barrantes, del oficialista Partido Progreso Social Democrático (PPSD); Priscilla Vindas, del Frente Amplio (FA); Horacio Alvarado, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); Gloria Navas, de Nueva República (PNR); y Gilberto Campos, del Liberal Progresista (PLP).
En la comisión de Seguridad y Narcotráfico aún queda en discusión el expediente 23.090 impulsado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que permitiría la operación de una Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada, al cual las diputadas Delgado y Danny Vargas, del PLN, le presentaron cientos de mociones.
Para el presidente de la Corte, Orlando Aguirre, esta es una de las iniciativas que el país necesita para reducir la criminalidad.
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El debate sobre el artículo 2
El debate sobre la vigencia del artículo 2 obedece a que, en el 2017, el Congreso aprobó la Ley número 9481, que ordena crear una jurisdicción contra el crimen organizado en el Poder Judicial y, a la vez, derogaba los artículos 2, 3, 6 (parcialmente) 7 y 9 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, pues ya no iban a ser necesarios.
La nueva legislación debía entrar en vigor en octubre del 2018, pero fue aplazada mediante una reforma legal hasta el 14 de octubre del 2019 por falta de presupuesto estatal.
Posteriormente, en el 2019, la ley debió aplazarse de nuevo de forma indefinida por el mismo problema. Sin embargo, la aprobación del aplazamiento entró a regir el 30 de octubre del 2019.
Según Carolina Delgado, existió un plazo de 16 días (entre el 14 y el 29 de octubre del 2019) en que la Ley 9481 se hizo efectiva y, por ende, derogó el artículo 2 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada (8754).
Sin embargo, los demás diputados advirtieron que aprobar una ley para restituir ese numeral implicaba reconocer la derogatoria y poner en riesgo casos judiciales de crimen organizado.
Previo a votar una moción de revisión al rechazo, la diputada Vindas recordó que el proyecto de Delgado generaba dudas, al tratar de habilitar el numeral 2.
“Entorpecería los procesos contra el crimen organizado, a enredarlos con burocracia excesiva, a duplicar los plazos en la etapa de investigación. Únicamente vendría a extender el plazo para la deliberación y sentencia, pero deja por fuera otros plazos igualmente relevante como el de impugnación”, señaló la frenteamplista.
Vindas añadió que el expediente no regulaba los plazos extendidos de medidas cautelares en estos casos y excluía la tramitación compleja.