Los diputados ven con buenos ojos un proyecto de ley que propone que, al momento de nacer el hijo mayor, los padres puedan decidir cuál apellido llevaría primero, ya sea el materno o el paterno, determinación que aplicaría de la misma manera para los hijos siguientes, si los hay.
Según los congresistas, la iniciativa de ley representa un voto a favor de la igualdad, pues pondría en la misma condición el apellido de la madre y del padre.
Así opinan Franggi Nicolás, congresista de Liberación Nacional (PLN); Enrique Sánchez, de Acción Ciudadana (PAC); y Carlos Avendaño, jefe de fracción de Restauración Nacional (PRN).
Se trata del proyecto de ley 20.304, el cual busca modificar los artículos 49 y 52 del Código Civil –que hablan del derecho al nombre y del nombre de los hijos fuera del matrimonio, respectivamente–, así como el artículo 104 del Código de Familia, que versa sobre los apellidos de los hijos adoptivos.
“En lo personal, veo el proyecto con buenos ojos. Me parece que es una acción reivindicativa hacia la mujer, que ha quedado relegada, pese a que somos nosotras quienes llevamos el proceso del embarazo y en cuatro de cada diez hogares cuentan solamente con la figura de la madre”, comentó Nicolás, quien también es presidenta de la Comisión de Asuntos de la Mujer.
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Justo en ese foro se encuentra la iniciativa de ley, sin avance, desde diciembre de 2018.
Según dijo la verdiblanca, aunque el proyecto no ha sido convocado, la intención es dictaminarlo pronto para que pase a plenario, de manera que progrese su discusión.
Lo mismo opina Enrique Sánchez, diputado del PAC y presidente de la Comisión de Derechos Humanos, donde estuvo el documento antes de pasar al foro de Asuntos de la Mujer.
“Creo que es un avance hacia la igualdad y hacia el reconocimiento de los vínculos maternos y paternos, en el entendido de que una pareja pueda decidir cuál sería el primer apellido”, comentó el legislador.
De hecho, la Asamblea Legislativa solicitó a la Procuraduría General de la República (PGR) su criterio sobre el proyecto de ley, el cual fue avalado por la entidad.
El abogado del Estado consideró que al variar el orden de los apellidos, no se vería afectada la filiación, es decir, la procedencia de los hijos respecto a los padres.
“¿Qué mayor evidencia para optar por el apellido materno de primero que ser fruto del vientre de la madre?”, respondió la procuradora adjunta, Silvia Patiño Cruz, en su argumentación.
‘Una decisión y no una imposición’
Carlos Avendaño, de Restauración Nacional, considera positivo el hecho de que el proyecto de ley otorgue discrecionalidad a los progenitores para decidir cuál apellido llevarán sus hijos de primero.
“Más a gusto estaríamos con que eso pueda ser como lo está planteando el proyecto, que sea una decisión y no una imposición”, opinó el restauracionista con respecto a la legislación actual, que prioriza el apellido paterno.
El artículo 49 del Código Civil estipula los derechos de los costarricenses de tener un nombre, e indica que este debe llevar el apellido paterno primero y después el materno.
Según Avendaño, se trata de una propuesta viable, a la cual debe dársele importancia en el Congreso.
“Es importante que se abra la discusión, porque, en muchos casos, lleva razón la madre o el padre que tuvo que criar a sus hijos sola o solo, para que ellos lleven su apellido en primera instancia”, agregó el congresista.
Con Avendaño coincide la diputada Nicolás en el sentido de que, estar planteado como una alternativa y no como un mandato, el proyecto de ley podría tener buen ambiente en la Asamblea Legislativa.
‘No encuentra ambiente’
Por su parte, Ivonne Acuña, legisladora del bloque independiente denominado Nueva República y también miembro de la Comisión de Asuntos de la Mujer, dijo que es un proyecto que no está en discusión, pues no ha sido convocado.
Según la legisladora, además de la Procuraduría, ya se pronunciaron sobre la iniciativa el departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
“No se encuentra ambiente para el proyecto. El Tribunal lo que dice es que genera inseguridad registral, en el sentido de que algunos serían inscritos bajo el apellido de la mamá, otros con el del papá, y que eso sería muy complicado. Ese es el criterio de Servicios Técnicos”, explicó Acuña.
En el oficio oficio n.° AL-CPEM-086-2018 del 12 de setiembre de 2018, el TSE asegura que “los apellidos refieren a un tema de filiación de la persona y no son, por tanto, naturalmente, disponibles a los progenitores”.
Sin embargo, la entidad aclara que la determinación de cuál apellido iría primero es “un tema de discrecionalidad legislativa”.
“Es un proyecto de ley que va a generar mucha discusión y que hay que verlo detenidamente y detalladamente para poder asegurar que no se violenten los derechos de nadie”, agregó Acuña.
En tanto, Jonatha Prendas, líder de Nueva República, dijo a La Nación que no podía emitir criterio al respecto, pues se trata de un asunto que no ha sido discutido por el bloque de diputados que representa.
Dos acciones ante la Sala IV
Actualmente, hay dos recursos sobre el tema interpuestos ante la Sala Constitucional, un recurso de amparo y una acción de inconstitucionalidad.
Estos fueron presentados por el abogado Edgardo Flores Albertazzi, quien pretende que se declare inconstitucional el artículo 49 del Código Civil por ser discriminatorio con la madre.
Ambas acciones están pendientes de resolución por parte de la Sala.
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El proyecto de ley que impulsa otorgar a los padres la potestad de decidir el orden de los apellidos de sus hijos lo presentó, en el 2016, la entonces diputada por el partido Frente Amplio (FA), Patricia Mora, actual Ministra de la Condición de la Mujer.