El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) confirmó este viernes que la divulgación de encuestas en redes sociales, perfiles, páginas y sondeos por parte de personas no autorizadas podrían ser multados con montos millonarios.
Así lo dio a conocer el pleno de magistrados del TSE mediante la resolución 0382-E8-2018, ante consulta presentada por el periodista Luis Madrigal, de El Mundo CR, la cual fue votada a las 11:30 a.m. y conocida horas después.
Andrei Cambronero Torres, letrado del TSE, confirmó que el cuerpo de magistrados analizó los alcances del artículo 138 y 289 del Código Electoral, específicamente sobre el tema de divulgación de encuestas o sondeos de opinión en redes sociales.
"El Tribunal precisa que se prohíbe por cualquier medio, (incorpora las redes sociales) salvo en aquellos perfiles dentro de grupos específicos y cerrados. Aquellas mediciones que se hagan en este tipo de grupos no estarían siendo sancionadas por la legislación electoral, pero si esas encuestas se divulgan y se hacen de conocimiento público, la persona que las hizo públicas sería responsable de la falta que establece el Código Electoral", explicó Cambronero.
El letrado añadió que se trata de un fallo nuevo, por lo que la magistratura electoral se pronuncia hasta ahora, ya que en el pasado no se habían dado gestiones o denuncias sobre este tema específico.
Sobre las multas, estas irían de ¢4.3 millones a ¢20 millones, lo que sería de 10 a 50 salarios base, tomando como base el salario de un oficinista 1 del Poder Judicial, puesto que devenga un salario mensual de ¢431.000.
¿Cómo se denunciaría? De acuerdo con Cambronero, cualquier persona interesada puede denunciar, lo cual se puede hacer a través de los canales que ha establecido el TSE, por ejemplo la línea 800-Elector e incluso con la aplicación para teléfonos inteligentes #VotanteInformadocr, disponible desde finales del año pasado.
Luego, la denuncia ingresaría a un estudio de admisibilidad por parte del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, instancia que determinaría si existe suficiente prueba como para iniciar una investigación a profundidad, en cuyo caso se ordenaría un procedimiento en el cual la persona investigada tendría la oportunidad de ofrecer pruebas y defenderse.
Finalmente, se emitiría un informe del órgano de investigación para Héctor Fernández, director del Registro, quien resolvería en primera instancia. Acá cabría un recurso de apelación ante el cuerpo de magistrados.
En el caso de que quien divulgue encuestas esté inscrito y autorizado por el TSE pero lo haga en el plazo no permitido por la ley (tres días antes y el propio día de la elección), las multas rondarían entre los dos y diez salarios base.
"Es importante aclarar que no es cualquier tipo de sondeo. Por ejemplo, si se hace en un grupo privado, específico, dentro de sus conocidos, sobre la intención de voto y lo divulga dentro de esas personas, no habría ningún problema. Sin embargo, si ese resultado sale a conocimiento general, si estaría prohibido", explicó el funcionario.