Los supremos poderes proponen endurecer las sanciones para adultos que involucren a niños y adolescentes en la comisión de delitos, así como duplicar los periodos de prisión preventiva para menores implicados en casos de crimen organizado y ampliar los motivos para imponer la detención provisional.
Las propuestas forman parte de dos de los 10 proyectos de ley sobre seguridad consensuados por los supremos poderes. Los textos fueron presentados el martes 30 de enero a los jefes de fracción de la Asamblea Legislativa.
El plan Ley para Agravar la Penalidad del Autor, Instigador y Cómplice que Participan Personas Menores de Edad en la Comisión de Hechos Delictivos, agregaría un artículo 74 bis al Código Penal.
El nuevo numeral ampliaría en un tercio las penas para los autores, instigadores y cómplices que involucren a personas menores de edad en la comisión de un delito. Por otra parte, la sanción se incrementaría en un medio cuando el delito en cuestión tenga relación con la delincuencia organizada.
Así, por ejemplo, un adulto que involucre a un menor de edad en un delito de coacción podría recibir hasta seis años y ocho meses de prisión con la reforma, en lugar de los cinco años fijados actualmente. En el contexto de la delincuencia organizada, la pena sería de hasta siete años y medio.
Más causales y duplicación de plazos
El segundo proyecto propone reformar varios artículos de la Ley de Justicia Penal Juvenil, mediante la incorporación del concepto de riesgo para la comunidad, la seguridad ciudadana y la seguridad de la nación como nueva causa para dictar la detención provisional contra un menor infractor.
Dicho motivo se sumaría a las causales existentes como el riesgo de fuga, la obstrucción o destrucción de pruebas y el peligro para las víctimas, denunciantes o testigos.
En cuanto a los delitos relacionados con la delincuencia organizada, se propone duplicar los plazos de detención provisional para permitir una recolección más exhaustiva de pruebas y agilizar el proceso judicial.
Actualmente, el periodo de detención provisional es de tres meses, prorrogables. Con la reforma propuesta por los supremos poderes, este plazo se duplicaría a seis meses.
Asimismo, se plantea duplicar el tiempo que tienen los jueces penales juveniles para analizar detenidamente la evidencia y emitir sentencias, extendiendo el plazo de hasta tres días a un máximo de seis días.
Por otra parte, se amplía la lista de delitos con una prescripción de cinco años, mediante la inclusión de delitos contra la propiedad e infracciones a la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.
Los anteriores se sumarían a los delitos contra la vida, sexuales y contra la integridad física que ya tienen ese plazo de cinco años para prescribir.
El texto también establece que, en los casos de crimen organizado en los que el Ministerio Público no presente la acusación en un plazo de 10 días, el juez ordenará la liberación inmediata del menor de edad, a menos que dicha oficina explique las razones de su incumplimiento.
En tal caso, el juez, mediante una resolución fundamentada, podrá otorgar una prórroga por un periodo equivalente.
Menores delinquen antes de los 12 años
En su exposición de motivos, el proyecto que propone endurecer las penas contra adultos que involucran a menores en delitos argumenta que existe un notable aumento en la participación de menores de edad en actividades ilícitas y que estos comienzan a involucrarse incluso antes de los 12 años.
El texto señala que, según el director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Randall Zúñiga López, hay niños que empiezan a adentrarse en la delincuencia desde los nueve años. Inicialmente, según señaló, se ven involucrados en delitos menores como robos o hurtos, pero luego son reclutados por las bandas para integrarse al mundo del crimen organizado.
El proyecto indica que, aunado a lo mencionado por el director del OIJ, otros factores como la pobreza extrema y la falta de oportunidades son determinantes en el involucramiento de jóvenes, especialmente en zonas rurales, en actividades delictivas.
Zúñiga advirtió de que esta población representa una mano de obra barata, fácilmente manipulable y reemplazable, lo que la convierte en un objetivo atractivo para los adultos criminales.
El segundo proyecto dice que la Ley de Justicia Penal Juvenil no contempla la posibilidad de considerar como delincuencia organizada aquellas actividades en las que participan menores de edad en estos grupos criminales.