Carlos Bismark Villegas, excandidato a diputado en Guanacaste por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), acudió a la Sala IV luego de perder una diputación por dos votos frente a Daniel Gerardo Vargas Quirós, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD).
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ya declaró al aspirante del PPSD ganador de la curul luego del conteo definitivo de votos del 6 de febrero, de acuerdo con la declaratoria de elección emitida este jueves 17 de marzo. Además, rechazó los recursos que presentaron tanto Villegas como el PUSC.
Ante la Sala IV, el socialcristiano presentó una acción de inconstitucionalidad contra el reglamento de las elecciones bajo el argumento que existe un vacío legal para solicitar un recuento de votos, en el caso de la designación de diputados.
Según alegó, el TSE emitió un reglamento para la elección de diputados que es inconstitucional porque no contempla, como en la elección presidencial, un recuento de votos cuando las diferencias son inferiores a un 2%
En el caso de la última diputación por Guanacaste, el margen es muchísimo menor.
En esta provincia, el cociente fue de 33.098,5 votos; solo el PLN superó esa cifra, con 34.687 votos. Liberación, entonces, ganó una primera diputación y quedó con un residuo de 1.599 votos.
Las tres plazas restantes se repartieron entre los partidos que superaron el subcociente y el residuo del PLN. Aparte de Liberación, solo el PUSC y el PPSD superaron el subcociente, con 22.937 y 16.551 votos.
De mayor a menor, las tres diputaciones pendientes se repartieron entre el PUSC, el PPSD y el PLN.
El meollo de la disputa es que Progreso Social superó el subcociente por solo dos votos: obtuvo 16.551 y la barrera era de 16.549. Si hubiese obtenido dos votos menos, la última plaza la habría ganado el PUSC.
El aspirante de la Unidad exigió al TSE que se repitiera el conteo en al menos 13 juntas receptoras en las que hay supuestas inconsistencias entre las actas del resultado de la votación del 6 de febrero y la certificación de votos del conteo final.
El TSE le rechazó a Villegas dos demandas de nulidad de 13 juntas receptoras; en ocho de ellas, la demanda se presentó a destiempo, pasados los tres días reglamentarios desde la apertura de la tula, según confirmó el TSE.
En cinco de esas juntas, el candidato argumentó que existía una diferencia de un voto entre las papeletas presidenciales y legislativas, por lo que presume de un voto desaparecido.
Además, señaló un error en el conteo de votos nulos y la asignación incorrecta de un voto para distintas agrupaciones, por lo que, según dice, el total de votos válidos podría variar.
Los reclamos incluyen mesas de Tilarán, Santa Cruz, Nandayure, Abangares, Liberia y otros cantones guanacastecos.
El candidato pidió el recuento al TSE considerando que la diferencia de votos es mínima y cualquier ajuste podría cambiar el resultado.
Sin embargo, en ocho juntas, el reclamo se presentó a destiempo y, en las otras cinco, el TSE certificó que no hubo tales inconsistencias. En un caso, los magistrados hicieron un conteo voto a voto; en otros se constató que el cierre estuvo fiscalizado por varias fuerzas políticas y no solo una como se alegó.
Asimismo, en una mesa, se encontró la explicación a la falta de papeletas. Por error, se entregó doble papeleta a un votante.
El Tribunal, además, rechazó un amparo electoral presentado por el PUSC, en este caso, al considerar que esa no es la vía para dirimir estos temas.
PUSC pone en duda al TSE
En una conferencia de prensa ofrecida por el PUSC, tras conocerse la declaratoria oficial de diputados, el presidente de la agrupación, Randall Quirós, así como varios diputados actuales y otros de la fracción entrante, criticaron al TSE por haber aplicado a “rajatabla” un reglamento que consideran inconstitucional y por haber desoído sus reclamos, aunque no fueron presentados “en forma”.
Quirós aseveró que el TSE le falló a la democracia, mientras que el jefe de fracción actual, Pablo Heriberto Abarca, manifestó estar consternado con las decisiones de los magistrados.
Andrei Cambronero, letrado del TSE, indicó a La Nación que las decisiones están fundamentadas en un reglamento que está vigente desde antes de las elecciones y que no recibió objeciones por parte de ninguna agrupación política.
Consultado sobre estas gestiones, Quirós reconoció que nunca impugnaron el reglamento, pero que carece de “sentido común” al no contemplar, en el caso de los diputados, un criterio para recuento de votos cuando el margen es estrecho. Dijo estar sorprendido por la aplicación tan inflexible de la norma.
El letrado Cambronero agregó que las declaratorias del TSE no son sujetas de impugnación ante la Sala Constitucional, de acuerdo con el artículo 10 de la Carta Magna.
El presidente del PUSC también reconoció que no será posible revertir la declaratoria, no así el reglamento. Lo que pretenden, según dijo, es sentar un “precedente” para evitar situaciones así en el futuro. Sin embargo, no descarta presentar una demanda contenciosa administrativa contra el TSE.