El Tribunal Contencioso Administrativo anuló la sanción que la Contraloría General de la República (CGR) les había impuesto a Freddy González Rojas y Carlos Alberto Castro Ríos, exdirectivos del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop).
Los cooperativistas ganaron un juicio en esa sede, a la que acudieron luego de que la CGR les prohibió ejercer cargos públicos durante cinco años en el 2018.
Ellos forman parte de un grupo de dos exempleados y siete exdirectivos del Infocoop sancionados por el ente contralor por haber recomendado y aprobado, respectivamente, una tasa de equilibrio institucional (TEI) para los créditos que otorga el Instituto.
La Contraloría argumentaba que la tasa impidió recuperar correctamente los préstamos y afectó el crecimiento del órgano cooperativo
No obstante, en la resolución número 58-I-2021 del 6 de julio del 2021, el Tribunal Contencioso concluyó que “la CGR conocía de las implicaciones de la fórmula de la TEI desde que se realizó la fiscalización en el año 2010″ y, sin embargo, “coadyuvó a que la aplicación de aquella fórmula fuera mantenida en el tiempo en la administración del Infocoop”.
Para los jueces, aunque la entidad se “excusa” en que su labor es fiscalizar, “no puede admitirse” que este órgano pretenda “reducir el ejercicio contralor a un mero seguimiento formalista”.
Según dijo Freddy González Rojas a La Nación, la noticia representa un triunfo para el sector cooperativista.
“Celebramos esta victoria, que la asumo en lo personal, pero también es una victoria del movimiento cooperativo, por la persecución que ha recibido de algunos directivos que en su vida han sido gente honesta”, comentó el exdirector del Infocoop.
Según afirmó, solo él y Castro Ríos —expresidente de las cooperativas de autogestión— resultaron favorecidos con esta sentencia, porque fueron ellos quienes demandaron a la Contraloría ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
“La resolución de la Contraloría afectó a cinco compañeros, dentro de ellos, al señor Óscar Ávila Solé, que durante 50 años fue servidor público. Nunca tuvo pero ni una llegada tardía como funcionario público. Murió en este proceso.
“Fue presidente del Banco Nacional, de Bicsa, diputado de la República y miembro de la Junta Directiva del Banco Central. Le dedicamos a él esta decisión de los jueces que, sin duda, lo que hace es sacar la verdad”, agregó González Rojas.
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Los argumentos del Tribunal
En la resolución, el Tribunal Contencioso Administrativo resalta que “el órgano decisor del procedimiento (de la Contraloría) se limitó a cuestionar el rol del auditor interno e, incluso, de los otros técnicos de la institución, pero deja de lado en ese cuestionamiento, su propia responsabilidad”.
“Existe un deber de fiscalización de la administración y disposición de los recursos del Infocoop, que no solo pasa por la labor política, sino que debe, con mayor rigurosidad, seguirse en la parte operativa, así como el deber de coordinación con esa auditoría interna, la cual fue creada, precisamente, para el sostenimiento del sistema de control interno por el que debe velar la Contraloría”, añadieron los jueces.
Según el cooperativista Freddy González, los jueces consideraron que, “en el proceso (previo a la sanción), la Contraloría hizo un análisis (de la situación en el Infocoop) y llevó a sus propios peritos. Los peritos que llevó nos dieron la razón. ¿Qué dijeron? Que la tasa de equilibrio institucional es una tasa que no puede generar pérdidas porque es una tasa de referencia”.
“¿Y qué hizo la Contraloría? Eliminó del expediente esa declaración que dieron sus mismos peritos porque nos beneficiaba a nosotros”, explicó González.
“La Contraloría se abstrae de ese involucramiento que tenía con la institución y le quiere hacer creer, prácticamente, a los jueces del tribunal, que ellos (el ente contralor) también se sorprendieron con esa tasa de equilibrio institucional, cuando existían sendas notas, durante 10 años, donde se hablaba de la tasa de equilibrio institucional, y ni ellos mismos habían notado que existía un posible error en esa tasa”, expresó González.
Según describió el cooperativista, una de las declaraciones más importantes dentro del proceso contencioso administrativo fue la de Leonardo Calvo, auditor del Infocoop en aquel momento.
“Le dijo a la CGR que la tasa de equilibrio institucional, en esa institución y en cualquier otro banco, es una tasa de referencia. Que una tasa, de por sí, no puede afectar directamente las utilidades de una institución”, agregó el exjerarca.
Otra de las consideraciones del Tribunal que González calificó de “extraordinaria” fue que, según él, la resolución deja claro que “el Infocoop fue creado para dar tasas de interés diferentes a las que se dan en la banca del Estado”.
Además, añadió, los jueces rescataron que la misma Contraloría le había dado una calificación entre el 98% y el 100% al Infocoop en el Índice de Gestión Institucional (IGE).
“El contador general del Infocoop, Javier Jiménez, quien fue aceptado como testigo en el Contencioso, demostró que, en ese período, el Infocoop más bien creció a una tasa entre el 8% y el 12%”, defendió el cooperativista.
González dijo que el Infocoop, como institución autónoma, es revisada permanentemente por la Contraloría.