Abogados especialistas en Derecho Laboral les recomendaron a los diputados que la reforma al empleo público incluya reformas a otras leyes que rigen instituciones, con el fin de evitar conflicto y enfrentamientos con entidades.
Este criterio fue brindado por los abogados Marco Durante y Ronald Gutiérrez, este miércoles en una audiencia en la Comisión de Gobierno y Administración.
Gutiérrez explicó que “en nuestro país hablamos de un sector público, pero lo cierto del caso es que en materia laboral, ese sector público no es solo uno”.
“Esto quiere decir que no son las mismas condiciones de empleo que puedan presentarse, por ejemplo en un ministerio de la República cuando lo comparamos con una institución descentralizada”, dijo.
Aunque el expediente 21.366 ya modifica algunas leyes, Marco Durante puso de ejemplo tres artículos que chocarían con normas actuales de empleo público.
Uno de ellos es el artículo 33, el cual estipula que la Autoridad Presupuestaria establecerá los salarios de cargos como presidentes ejecutivos, alcaldes y jerarcas universitarios.
Este fragmento, explicó, generaría conflicto con la Ley de Administración Financiera, que indica que las universidades, municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) no están sujetas a la Autoridad Presupuestaria.
Además, adujo que los artículos 29 y 30 mencionan la creación de una columna salarial global. Advirtió de que ese sistema entraría en disputa con las escalas salariales definidas en el Código Municipal, la Ley de Salarios de la Administración Pública y la Ley de Incentivos a Profesionales en Ciencias Médicas.
“Si lo que queremos es una rectoría recomendativa, tal vez muchas de estas leyes no tendrían que reformarse, ¿pero sería suficiente con una rectoría recomendativa? Que cuando llegue a un sector en específico le digan ‘no, muchas gracias por la recomendación, pero no la voy a adoptar’ (...). Probablemente quedaríamos con una ley con un contenido vacío”, declaró Durante.
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Ante las dudas de los diputados sobre el rango constitucional de autonomía de algunas entidades, Durante recordó el voto de Sala IV sobre la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
“La Sala Constitucional aclara que, cuando se habla de autonomía, estamos hablando de autonomía para el fin para el que fue creada la institución, la razón de ser de esa institución y no necesariamente un tema que podría ser general con temas laborales”, expuso el abogado.
El texto de reforma al empleo público, presentado desde abril del 2019, fue sustituido la semana anterior, luego de que los diputados aprobaron la propuesta del Poder Ejecutivo enviada a mediados de mayo.
Con esta nueva versión, los futuros empleados públicos serían agrupados en ocho familias de puestos para recibir salarios según sus funciones.
El objetivo es que los funcionarios nuevos empiecen con salarios competitivos y así se prescinda de los sueldos compuestos, los cuales incluyen pluses que aumentan cada año.
Según el Gobierno, esta reforma ahorraría unos ¢70.000 millones al año solo en el Gobierno Central.
El proyecto excluye de este régimen a los entes públicos no estatales (como colegios profesionales) y a las instituciones públicas que operan en un mercado abierto a la competencia.
La Comisión de Gobierno y Administración, que tramita este texto, es presidida por el diputado del Partido Acción Ciudadana, Víctor Morales Mora, mientras que el secretario es David Gourzong, del Partido Liberación Nacional (PLN).