José Pablo Miranda Hurtado, uno de los fiscales que participó en el allanamiento a Casa Presidencial el pasado 28 de febrero, por el caso de la UPAD, fue sancionado en el 2015 por acceder a los registros del futbolista Keyor Navas en una base de datos policial, de acceso restringido.
El Tribunal de la Inspección Judicial lo suspendió durante cinco días, sin goce de salario, por “incorrecciones y negligencia en las labores propias de su cargo”.
Miranda fue uno de los 25 funcionarios judiciales sancionados por haber consultado información sobre el portero, en el 2014, en la Plataforma de Información Policial (PIP) del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), la cual contiene información privada de los habitantes.
Para entrar a los registros de una persona en esa base de datos, es necesario que exista una investigación en su contra. En el año de los hechos, el OIJ informó de que los funcionarios judiciales tuvieron que inventar un expediente falso a nombre de Navas para conocer su información.
La PIP es una plataforma con datos personales de los ciudadanos, en la cual todos los cuerpos policiales comparten registros, bases de datos y expedientes electrónicos. El sistema también se alimenta con información contenida en instituciones públicas.
La sanción contra el fiscal Miranda consta en el acta número 23 de la Corte Plena, con fecha del 21 de marzo de 2018, órgano que resolvió una apelación en ese momento.
En el proceso disciplinario, el Tribunal de la Inspección Judicial dio como hecho probado que el usuario pj.jmiranda, perteneciente al fiscal José Pablo Miranda Hurtado, consultó el registro de Keylor Navas el 1.° de agosto del 2014 a la 1:54 p. m.
En aquella época, Navas cobró gran relevancia por su traspaso al club español Real Madrid.
La oficina de prensa del Ministerio Público confirmó que el funcionario identificado en ese documento, como José Pablo Miranda Hurtado, es el mismo que participó en el allanamiento a la Presidencia de la República el 28 de febrero del 2020.
La acción de ese día obedeció a la causa judicial abierta por el decreto de creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), en la cual se procura determinar si analistas de datos de Casa Presidencial accedieron a datos confidenciales de los habitantes.
La investigación surgió por un decreto publicado en febrero para formalizar la labor de la UPAD, en la cual se le daba acceso a datos confidenciales de las personas en manos de las instituciones públicas.
La Fiscalía informó de que Miranda colaboró en la pesquisa en Presidencia porque, “debido a la cantidad de puntos a allanar durante dichas diligencias, fue necesaria la colaboración de otros fiscales y fiscalas".
No obstante, el departamento de prensa del Ministerio Público sostiene que las funcionarias a cargo del caso de la UPAD son la fiscala general, Emilia Navas Aparicio, y la fiscala que la asiste, Karen Guzmán.
El lunes 2 de enero, después del allanamiento, Miranda participó en la conferencia de prensa sobre esa esa acción judicial junto a la fiscala general.
En el 2014, en el momento en que los funcionarios judiciales accedieron a los datos de Keylor Navas, Miranda trabajaba en la Fiscalía de Fraudes.
La oficina de prensa del Poder Judicial confirmó la existencia de la suspensión en el récord laboral del fiscal.
“La persona consultada registra una suspensión, sin goce de salario, por el periodo comprendido entre el 18 y el 22 de julio de 2016, esto según lo almacenado en la base de datos de la Dirección de Gestión Humana al día 11 de marzo de 2020”, respondió esa instancia a una consulta de La Nación.
“Se realizaron consultas relacionadas con personas no sujetas a investigación que justificara el ingreso a la Plataforma de Información Policial”, dice un acta de Corte Plena sobre el caso, la número 23, con fecha del 17 de octubre de 2019.
Por este mismo caso, en el 2016, el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José desestimó una causa contra todos los funcionarios judiciales, por los presuntos delitos de abuso de autoridad y divulgación de información.
El Ministerio Público pidió la desestimación al argumentar que los hechos investigados “no configuraron una conducta delictiva tipificada en nuestra legislación”.
Por acceder a los registros de Navas, un funcionario fue suspendido tres meses sin goce de salario, otros nueve recibieron una sanción de diez días y los 15 restantes durante cinco días.
Un acta de Corte Plena, en la que se resolvió una apelación sobre las sanciones admnistrativas por este acaso, señala: “A todas luces reprochable, desafiaron los principios institucionales, afectaron el servicio público que brinda el Poder Judicial, así como la imagen institucional, al hacer un uso indebido de la Plataforma de Información Policial y de sus claves o contraseñas".
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