Política

Frases de Rodrigo Chaves constituyen un exceso y una violación a la libertad de prensa, sentencia Sala IV

Voto completo de recurso de amparo interpuesto por periodista establece que Rodrigo Chaves y Joselyn Chacón utilizaron un lenguaje que podría promover el hostigamiento a periodistas

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La Sala Constitucional sentenció que una serie de frases utilizadas por el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, y la exministra de Salud, Joselyn Chacón, podrían promover el hostigamiento contra los periodistas y los medios de comunicación.

Se trata de declaraciones que dieron durante una conferencia de prensa el 9 de enero del 2023 para responder a las publicaciones de La Nación y otros medios que evidenciaron relaciones e instrucciones de la entonces ministra al trol Piero Calandrelli, quien habría recibido dinero para atacar en redes sociales, desde el anonimato de ese falso personaje, a diputados y periodistas.

Chaves y Chacón utilizaron frases como “malditos”, “sicarios políticos”, “asesinos a sueldo”, “banda” y “montón de lobos”, para referirse a periodistas de tres medios: CRHoy, Telenoticias y La Nación. La Sala IV señaló que las frases no se justificaban y constituyeron un exceso y una lesión a la libertad de prensa.

Advirtió que el funcionario público, y con mayor razón tratándose del presidente de la República o de un ministro de Estado, no debe utilizar sus intervenciones para promover el hostigamiento hacia la prensa ni acciones que puedan atentar contra la integridad física y la vida de los periodistas o los bienes de un medio de comunicación.

Así lo concluyeron los magistrados en la redacción completa de la sentencia 12085-2023, en la que se declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado por el periodista Jason Ureña, quien laboraba para el medio de comunicación CRHoy.

En el fallo, la Sala IV explicó que las frases son absolutamente reprochables, pues no contribuyen al fortalecimiento de una democracia, ni a clarificar el contenido de un hecho noticioso “mediante el debate o expresión respetuosa de la postura del agente público”.

La Sala Constitucional consideró que, independientemente de si los dos funcionarios estimaron que la investigación realizada por los medios era incompleta y parcial, la utilización de este tipo de frases es absolutamente reprochable.

“La utilización de un lenguaje irrespetuoso y ofensivo contra los periodistas constituye una lesión a la libertad de prensa. En este sentido, denota pobre accesibilidad a la información pública y falta de capacidad de brindar respuesta a las objeciones ciudadanas”, enfatizaron los magistrados.

El criterio de los jueces constitucionales es que las conferencias de prensa, en especial las televisadas, son de gran utilidad para los Estados democráticos, pues acercan la información a la ciudadanía y, además, transparentan los temas de interés público y los difunden de manera más inmediata.

Sin embargo, puntualizaron que el irrespeto y las ofensas no contribuyen a ese objetivo y, lejos de aclarar, orientar y dar datos relevantes, buscan reprochar la información mediante juicios de valor y calificativos que se alejan del respeto que se impone en el ejercicio público.

“En ese tanto, se consideran medios de ataque o reproche a la libertad de expresión”, explicaron los magistrados, quienes señalaron que el periodista Jason Ureña puede acudir a la vía ordinaria si considera que las expresiones del presidente y la exministra “son injuriosas, calumniosas o difamantes”.

Según la sentencia, los funcionarios públicos están sometidos a una crítica más intensa que el resto de la población por parte de la prensa y de los habitantes de la República, “de ahí que se deba soportar críticas agudas, irónicas, sarcásticas, entre otras; es decir, el funcionario debe ser más tolerante que el resto de la población cuando de crítica dura se trata”.

La Sala Constitucional también respaldó la posibilidad de que un funcionario puede hacer una defensa vehemente de su posición contra las críticas y cuestionamientos de los comunicadores, pero sin rayar en los insultos y mucho menos promover el hostigamiento hacia los trabajadores de los medios de comunicación.

Ese derecho de los funcionarios puede ejercerse siempre y cuando sus manifestaciones no constituyan una censura directa o indirecta, ni promuevan acciones contra la integridad física de los periodistas, los bienes del medio, ni constituyan un obstáculo para ejercer un periodismo libre e independiente, propio de una sociedad democrática.

Mucho menos tienen derecho, los servidores públicos, de impedir que un medio o periodista pueda seguir informando sobre un tema u otros, a través de acciones como negarles espacio en las conferencias de prensa o impedir la acreditación en eventos de interés público.

El presidente de la República, Rodrigo Chaves, y la entonces ministra de Salud, Joselyn Chacón, arremetieron contra la prensa en una conferencia realizada el 9 de enero del 2023, donde el mandatario calificó como un ‘error’ que la ministra pidiera al trol Piero Calandrelli atacar a periodistas, pero justificó su actuación. Foto: (Rafael Pacheco Granados)
Aarón Sequeira

Aarón Sequeira

Periodista encargado de la cobertura legislativa en la sección de Política. Bachiller en Filología Clásica de la Universidad de Costa Rica.

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