El Gobierno desistió de la idea de cobrar impuesto de renta sobre las ganancias que personas y empresas residentes en Costa Rica puedan generar en el exterior.
Así lo estableció en el nuevo proyecto de Renta Global Dual que presentó este viernes a la Asamblea Legislativa.
Esta nueva versión elimina el inciso 3 del artículo 2 del texto anterior, el cual pretendía gravar las ganancias de capital y de patrimonio producidas en el extranjero, por residentes en territorio costarricense, en el momento en que el dinero ingresara al país.
El plan anterior habría cobrado impuesto, por ejemplo, sobre las ganancias generadas por inversiones de un residente en Costa Rica en acciones de empresas en la bolsa de Nueva York, o bien, los réditos de alquileres de un apartamento ubicado en el extranjero.
Incluso, establecía un cobro por regalías que un autor residente en Costa Rica obtenga de la venta de una obra suya en el exterior.
Además, gravaba la repatriación a Costa Rica, a favor de un residente en el país, de ganancias generadas por un tercero residente en el extranjero.
La intención del ajuste, según el Ministro de Hacienda, Elian Villegas, es aclarar que no se cobrará impuesto sobre esas ganancias.
“Se eliminó lo de territorialidad reforzada”, anunció el ministro.
En materia fiscal, el cobro que se pretendía hacer se conoce como impuesto de renta territorial reforzada o territorialidad ampliada, cuando en realidad el principio de renta global es diferente y se basa principalmente en la territorialidad del contribuyente.
Es decir, la renta global se enfoca en gravar a contribuyentes que sean residentes fiscales en un país y que realicen sus actividades económicas dentro de su territorio, globalizando todos sus ingresos para establecer un cobro progresivo.
El inciso eliminado establecía la salvedad de que el contribuyente debía registrar ante el fisco esas inversiones en el extranjero para que solo le cobraran el 15% por las ganancias, aunque al momento del ingreso estas vengan con el capital base.
“No incluía el capital, sino solo sobre los intereses o ganancias que estaba generando”, explicó Priscilla Piedra, socia de impuestos de la firma Deloitte.
Si no lo hacía, según la anterior redacción, era probable que estuviera sujeto al cobro de todo el capital que repatriara al país.
Sin embargo, la nueva redacción mantiene el esquema de territorialidad ampliada que Hacienda asegura que se ha eliminado del proyecto.
El artículo 1 mantiene que la naturaleza del impuesto de las personas físicas es de carácter personal y directo, y grava de acuerdo a las circunstancias personales y familiares del contribuyente.
En tanto, el artículo 10 de la nueva redacción, que en la anterior versión era el numeral 9, establece que será considerado contribuyente costarricense a la persona que tenga vigente su núcleo familiar en el país o la base de sus actividades o intereses económicos.
¿Qué implicaciones tiene este artículo?
Piedra explica que se mantiene territorialidad reforzada, por ejemplo, para funcionarios de empresas con presencia en toda Centroamérica.
En ese caso, si un ejecutivo tiene que viajar por uno o dos meses a cada uno de los países donde la compañía tiene presencia, y recibe su salario en el país donde se encuentra, que no es Costa Rica, tiene que pagar el impuesto de renta al fisco costarricense.
“Aunque esa renta yo la generé en ese país, que puede ser Honduras, Nicaragua o Panamá, y probablemente incluso pagué los impuestos en ese país, se establece que yo la voy a tener reportar acá y la voy a tener considerada como de renta costarricense”, explicó la socia de Deloitte.
Para esos fines, la iniciativa presumirá que la persona tiene residencia habitual en territorio costarricense, cuando no se haya separado legalmente de su cónyuge, vive en unión de hecho por más de tres años o sus hijos menores de edad en Costa Rica dependan de él.
El proyecto de renta global mantiene algunas excepciones para no cobrar tributo en esos casos, como que el trabajador demuestre que tiene residencia fiscal en el país donde recibe el salario y, por tanto, ahí le hacen retenciones tributarias.
“En un esquema que sucede mucho, donde tenemos a ejecutivos que sus familias viven acá y atienden a la región y viajan constantemente, es probable que no van a tener ese certificado de residencia fiscal y van a tener que pagar impuestos en Costa Rica”, aseveró Piedra.
El Ministro de Hacienda, Elian Villegas, alegó que la regulación contemplada en el artículo 10 es una norma tradicional que existe en esta materia, “donde hay que regular aspectos de personas que no pasan todo el año en Costa Rica sino que pasan una parte de su tiempo afuera”.
“Eso es una regulación totalmente tradicional”, agregó el jerarca.
Previo a ese ajuste, legisladores de oposición habían cuestionado el contenido del inciso 3 del artículo 2 del proyecto.
La diputada independiente Zolia Rosa Volio, los socialcristianos María Inés Solís y Pablo Heriberto Abarca, y las liberacionistas Silvia Hernández y Ana Lucía Delgado, mostraron preocupaciones sobre si se trataba de renta mundial, lo cual es diferente del esquema global.
Las preocupaciones se acentuaban sobre todo si esa regulación afectaría la inversión extranjera.
El abogado constitucionalista Rubén Hernández le llamó a ese inciso renta mundial solapada. El jurista había solicitado la eliminación completa de esa propuesta.
“En última instancia quedará a interpretación de Tributación y Tributación siempre jala para adentro, siempre interpreta a favor de ellos”, dijo el abogado Hernández previo a la presentación del nuevo texto.
Priscilla Piedra, socia de impuestos de Deloitte, explicó que, si bien no se trataba de renta mundial, sí era un esquema territorial reforzado o ampliado, lo cual es distinto al sistema de renta global.
La global grava en función de la territorialidad del residente y la mundial, también conocida como universal, cobra impuestos en función de la residencia del contribuyente.
Ello implica que si una persona o empresa residente en Costa Rica tiene operaciones en el extranjero, paga tributo de renta aunque sus capitales permanezcan fuera del territorio nacional.
El proyecto forma parte del acuerdo de ajuste fiscal negociado por el Gobierno con el Fondo Monetario Internacional.
El ministro Villegas dijo que el nuevo texto fue consultado con ese organismo. Este dio su aprobación, aseguró el jerarca.
La anterior versión, que también incluía un impuesto al retiro de las pensiones complementarias, lo cual se eliminó, generaría ingresos anuales del 0,43% del producto interno bruto (PIB), entre 2023 y 2025.
“Todo el tema de los rendimientos queda bien. Todo ha sido consultado con el Fondo Monetario y estamos totalmente coordinados con el ajuste”, finalizó Villegas.