El presidente de la República, Rodrigo Chaves, y el ministro de Seguridad Pública, Jorge Torres, proponen duplicar la prisión preventiva a adolescentes involucrados en casos de presunto crimen organizado o que representen peligro para la sociedad.
También sugieren ampliar los plazos para que el Ministerio Público presente la acusación y que el juez dicte sentencia en estas situaciones.
Las reformas fueron incluidas en un proyecto denominado Ley para adecuar la respuesta de la justicia penal juvenil a los retos de la criminalidad violenta y velincuencia organizada, presentado en la Asamblea Legislativa por el Gobierno.
Por un lado, la propuesta pretende ajustar los artículos 9 y 58 de la Ley de Justicia Penal Juvenil para agregar excepcionalidades en el tratamiento de menores estarían involucrados en crimen organizado o representen peligro para la sociedad.
El nuevo artículo 9 sugerido indicaría que, en las situaciones que no regule la Ley Penal Juvenil, podrá aplicarse supletoriamente la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
En el caso del numeral 58, el plan incluye dos excepciones cuando el juez determine que un menor debe cumplir prisión preventiva en centros de internamiento especializados. La idea es que, en casos de personas mayores de 12 años y menores de 15 años, se permita ampliar la medida de tres meses a seis meses.
La primera excepción aplicaría en los casos de criminalidad organizada, en los que el Ministerio Público dispondrá de diez días hábiles, en vez de cinco días de la actualidad, para presentar la acusación. La otra sería cuando el menor de edad represente un peligro para la sociedad.
Esta figura de “peligro para la sociedad” aún no existe, pero otro proyecto del Gobierno propone crearla.
Para determinar si una persona entra en esa calificación, el juez tendría que sopesar factores como la gravedad del hecho investigado, la cantidad de delitos que se le imputan, la aparente vinculación del imputado con organizaciones criminales, la reincidencia, el uso de armas y la proclividad a cometer delitos dolosos.
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Ajuste en prescripción
El proyecto de ley también plantea ampliar de cinco días a 10 días el plazo máximo para que la Fiscalía presente la acusación, así como extender de tres días a seis días el límite para que los jueces dicten sentencia cuando se trate de un asunto de delincuencia organizada.
También propone que, en el caso de la Ley de Justicia Penal Juvenil, el plazo de prescripción de cinco años, fijado en el artículo 109, se extienda a delitos sobre narcotráfico y lavado de dinero, así como a delitos contra la propiedad. Hoy, la norma cubre delitos contra la vida, delitos sexuales y delitos contra la integridad física
El presidente Rodrigo Chaves ha cuestionado el tratamiento de menores de edad involucrados en delitos.
“A un chiquillo de 17 años le dan una AK-47 y mata a un niño de 8 años que está durmiendo en Paso Ancho; accidentalmente en ese caso y lo tratan como un menor”, señaló el mandatario el 31 de marzo.
Justificación
En la exposición de motivos de su propuesta, el Gobierno alega que la legislación actual aplicada a los jóvenes no contempla la posibilidad de considerar como delincuencia organizada aquellas actividades en las que los menores de edad formen parte de estos grupos delictivos.
“Ello, en contraposición a los datos que arrojan las investigaciones realizadas por la Policía Judicial y la Policía de Control de Drogas sobre la participación de las personas menores de edad en estas organizaciones criminales”, señala el texto sin suministrar estadísticas puntuales.
Añade que, tanto la Fiscalía como los jueces, requieren atender de manera diferenciada aquellos asuntos relativos a la criminalidad organizada en donde participan menores de edad.
“A tratarse de hechos graves, en donde se involucran muchas personas en la actividad delictiva, y cuyas investigaciones se prolongan en el tiempo dada la complejidad de estas, el Ministerio Público requiere de un plazo adicional para formular adecuadamente una pieza acusatoria, sin que esto restrinja la posibilidad de requerir la detención provisional, mientras se presenta la acusación”, indica el plan.
Alega que, en los casos de delincuencia organizada, el acopio de prueba es mucho más lento, al igual que la tramitación del proceso, por la multiplicidad de factores que inciden en la organización criminal.
“Es indispensable duplicar los plazos de la detención provisional, a fin de que se cuente con la prueba necesaria en la etapa de juicio, y así poder cumplir con los fines del proceso penal, precisamente la averiguación de la verdad real de los hechos”, agrega.
Ante más hechos y pruebas evacuadas, según el proyecto, los jueces necesitan de mayor plazo para poder analizarlos y dictar una sentencia.