El Gobierno retomó un proyecto de la administración de Luis Guillermo Solís Rivera (2014-2018), presentado en el 2015, cuya intención es revisar todas las exoneraciones vigentes, así como generar normativa para el otorgamiento de todo tipo de exenciones fiscales y derogar todas aquellas que ya no tengan sentido.
La iniciativa estuvo prácticamente engavetada por cinco años, entre el 2015 y el 2020, salvo porque en el 2019 los entonces diputados ampliaron el plazo para tramitarlo, y lo actualizaron al 2023.
El expediente 19.531 era parte del primer paquete de reformas gubernamentales de tipo fiscal de Solís, junto con reformas al entonces impuesto de ventas y al de renta (estos dos se reformaron en el 2018, con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas).
El gobierno de Rodrigo Chaves puso el plan en agenda de la Asamblea Legislativa el 16 de mayo y fue aprobado en primer debate el 17, luego de estar esperando un año en el orden del día del plenario, sin ningún avance.
En su versión más reciente, aprobada por los nuevos congresistas, se crea un plazo de dos años para que el Ministerio de Hacienda haga una evaluación de la eficacia, pertinencia y validez de todas las exoneraciones en regímenes vigentes.
La idea del proyecto es verificar la necesidad de mantener, modificar, reducir o eliminar, parcial o totalmente, las exenciones fiscales que existen en la actualidad.
“Queremos ordenar la casa, contar con instrumentos que vayan en la línea del compromiso fiscal que este gobierno se ha fijado. Es un proyecto importante porque nos permite asegurar el buen uso de las exoneraciones que se otorgan a personas y empresas”, respondió la ministra de la Presidencia, Natalia Díaz, a consulta de La Nación.
La jerarca enfatizó que la ley obligaría a una evaluación del impacto de las exoneraciones cada cinco años y, sobre, todo destacó que plantea la derogatoria de las exoneraciones que ya no cumplen su cometido o cuyo gasto fiscal sea mayor que los beneficios.
La ley introduce 45 artículos con regulaciones generales sobre el otorgamiento de exenciones tributarias de varios tipos, así como los procedimientos para revocarlas y sancionar el incumplimiento de las normas que las autorizan.
Las infracciones descritas en el proyecto son hacer mal uso o distinto del previsto por la ley a los bienes exonerados, así como omitir la presentación de los informes periódicos a la Dirección General de Hacienda, o bien, que no se cancele la obligación tributaria (en este caso, tendrá que pagar una multa del 50% de lo que debía pagar originalmente).
Elimina leyes obsoletas
Además de crear un régimen específico sobre evaluación de exenciones, el proyecto específicamente elimina 138 leyes que establecieron exoneraciones entre 1959 y el 2001, todas ellas obsoletas.
La mayoría son exoneraciones de bienes para instituciones públicas y municipalidades, para la Cruz Roja, y otras entidades, o bien, tributos sobre vehículos para rifar.
Incluso, se derogan leyes relacionadas con la donación de los automóviles que recibieron los mundialistas de Italia 90, regalados por el entonces presidente de la República, Rafael Ángel Calderón Fournier.
Se incluye también, entre las normas legales eliminadas, una sobre el reconocimiento por méritos a los nadadores Claudia Poll, Francisco Rivas y Monserrat Hidalgo, y la exoneración de impuestos por la compra e inscripción de un vehículo para Poll, por haber ganado dos medallas en los juegos olímpicos de Sidney 2000.
La ministra Díaz enfatizó que se desconvocó por unos días el proyecto, a solicitud del Partido Liberal Progresista (PLP), por dudas sobre plazos relacionados con el régimen sancionatorio.
De hecho, el jefe del PLP, Eliécer Feinzaig, explicó que el expediente crea reglas distintas de sanción muy distintas a las que existen hoy en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
“Deberían homologarse, porque es materia tributaria al final de cuentas. Uno de los defectos es que no se establece claramente un periodo de prescripción para los procesos de investigación de la Autoridad Tributaria por el mal uso de exoneraciones”, indicó Feinzaig.
Entonces, la propuesta de ellos es que sean los mismos plazos: cuatro años para iniciar la investigación a partir de la actividad ilícita y cuatro años para que concluya.
“Lo otro, es que se le da al obligado tributario tres días hábiles para responder al proceso de investigación, pero es un periodo muy corto, entonces proponemos 10 días”, apuntó Feinzaig, quien se manifestó a favor de la iniciativa en general.