El Gobierno, mediante la Cancillería de la República, se comprometió a cumplir el fallo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictó contra el Estado por violentar la libertad de expresión a dos periodistas de La Nación en 2007.
Luego de conocerse la sentencia, el Ministerio de Relaciones Exteriores informó de que el país garantiza el cumplimiento de la resolución.
El caso sería pasado al Poder Judicial, pues, de hecho, en la lectura de la condena, participaron la magistrada Patricia Solano Castro, presidenta en ejercicio de la Corte Suprema de Justicia; Natalia Córdoba Ulate, directora Jurídica de la Cancillería; José Carlos Jiménez Alpízar, coordinador del Área de Derecho Internacional y Derechos Humanos de la Dirección Jurídica de la Cancillería, y Carlos Jiménez González, gestor en Materia Penal de la Sala Tercera.
La sentencia implica dejar sin efecto la condena del Tribunal Penal de Goicoechea contra los comunicadores Rónald Moya Chacón y Freddy Parrales Chaves, así como reintegrarles las costas y gastos que realizaron durante el proceso.
“Históricamente, Costa Rica ha sido un firme defensor y promotor de los mecanismos que ofrece el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, procurando no solo asegurar la efectividad y eficacia de la labor de sus órganos, sino además garantizar el principio del efecto útil de la Convención Americana, lo cual implica la implementación e íntegro cumplimiento de las resoluciones emitidas por la Corte IDH”, afirmó la Cancillería.
A su vez, el canciller Arnoldo André Tinoco indicó: “La obligación de cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de regularse expresamente en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tiene en Costa Rica un asidero jurídico específico en el Convenio Sede con este Tribunal, aprobado en nuestro país desde 1983 y que recoge uno de los principios más consolidados en materia de responsabilidad internacional de los Estados, según el cual las obligaciones internacionales deben de cumplirse de buena fe”.
La Corte Interamericana tiene su sede en San José, Costa Rica.
En su resolución, los jueces interamericanos coincidieron de forma unánime en que el Estado violentó derechos humanos al condenar, en el 2007, a Rónald Moya y a Freddy Parrales a pagar una indemnización de ¢5 millones por, supuestamente, haber causado “daño” moral a un jefe policial con la publicación de un artículo.
En los tribunales costarricenses, los periodistas fueron absueltos de toda pena y responsabilidad en la querella planteada por el jefe policial, pero se les condenó a pagar una acción civil resarcitoria.
La Corte IDH consideró que el pago de la indemnización al jefe policial no era necesario ni proporcional al fin legítimo perseguido.
Dentro de un año, el Gobierno deberá presentar un informe en el que comunique a los jueces las medidas tomadas para cumplir a cabalidad con la sentencia.
Los jueces determinaron que el Estado costarricense violentó el artículo 13, inciso 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Ese numeral, que consagra el derecho a la Libertad de Pensamiento y de Expresión, garantiza “la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.
También, se violentó el inciso 2, el cual prohíbe que se establezca censura previa y responsabilidades ulteriores, a menos que sean estrictamente necesarias para asegurar el respeto a los derechos de los demás, la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas.
El texto de la sentencia y su resumen oficial, pueden consultarse en el sitio web de la Corte IDH www.corteidh.or.cr