El presidente Carlos Alvarado vetó el proyecto de ley que exoneraría del IVA, por un año, los servicios asociados a la construcción, como los de ingeniería, arquitectura o topografía.
El veto obedece a que la redacción del texto torna el proyecto totalmente contraproducente con su objetivo, explicó el ministro de Hacienda, Elián Villegas.
La reforma fiscal fijó un año de exoneración del IVA para los servicios asociados a proyectos visados por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) hasta el 30 de setiembre del 2019. Así lo establece el transitorio V del capítulo de impuesto sobre el valor agregado.
A su vez, estableció que los servicios relacionados con dichos proyectos pagarán el IVA en forma gradual de la siguiente manera: un 4% a partir del 1.° de julio del 2020, un 8% después de la misma fecha del 2021 y un 13% tras el 1.° de julio del 2022.
Por otra parte, sí tienen que pagar un 13% de IVA todos los servicios ligados a proyectos visados después del 1.° de octubre del 2019.
Los diputados, con un proyecto de ley del liberacionista Luis Fernando Chacón, trataron de extender las exoneraciones.
El problema es que aprobó una redacción que eliminaría los párrafos del transitorio V que conceden la gradualidad en el cobro del IVA a los servicios que gozaron de un año de exoneración.
A su vez, el plan deja un enorme vacío que perjudica tanto a esos proyectos como a los que fueron visados por el CFIA entre el 1°. de octubre del 2019 y el 1.° de julio de 2020.
Así ocurre porque el proyecto de Chacón solo concede la exoneración a los proyectos que sean visados después del 1°. de julio del 2020 de la siguiente manera:
El ministro de Hacienda, Elian Villegas, afirmó: “El problema se da cuando, en la modificación del Transitorio V, al eliminarse los párrafos segundo y parcialmente el tercero, se deja sin regulación el tratamiento fiscal de los proyectos que disfrutaron de exención durante el primer año de vigencia de la Ley Nº 9635, lo que podría implicar que estos casos deban pagar el IVA respectivo a una tarifa del 13% a partir de la entrada en vigencia de la ley, aspecto que resultaría totalmente contradictorio a la voluntad del legislador que se plasma en el Transitorio V bis”.
“Asimismo, quedan sin regulación las situaciones concretas relacionadas con los proyectos cuyos planos fueron aprobados con posterioridad al 1 de octubre 2019, lo cual implica la necesidad de definir su tratamiento fiscal”.
Con la versión actual del texto de ley son más de 130.000 proyectos los perjudicados, añadió Casa Presidencial.
“Resultaría totalmente contradictorio a la voluntad del legislador”, consideró Villegas.
La viceministra de Ingresos de Hacienda, Alejandra Hernández, añadió que la finalidad del veto es garantizar que ese sector cuente con las condiciones tributarias adecuadas para su reactivación, “de tal forma que logre una correcta aplicación del IVA en servicios suministrados a proyectos de construcción, promoviendo la igualdad y transparencia entre todos los contribuyentes de este sector”.
Al ser vetado, el proyecto regresa a la corriente legislativa, donde los diputados le harán las correcciones a través de un texto sustitutivo y deberá ser dictaminado nuevamente en la Comisión de Infraestructura.
Luego pasará al plenario, donde los diputados deberán aprobarlo en dos debates. Esta iniciativa había recibido el voto unánime de los 45 legisladores el 30 de julio.
Nueva propuesta
De la mano del veto, la viceministra Hernández anunció una propuesta de redacción del Poder Ejecutivo.
Esta plantea una exoneración del 100% de ese tributo, partir del día siguiente de la vigencia de la ley y hasta 31 de agosto de 2021.
El ministro aclaró que, con ese planteamiento, se beneficiarían todos los servicios, independientemente de la fecha de visado y del tratamiento que hayan recibido anteriormente.
Después del 31 de agosto del 2021, se aplicaría la gradualidad:
Pagarán un 4% de IVA los servicios que se vendan entre el 1.° de setiembre del 2021 y el 31 de agosto del 2022; un 8% los que se presten entre el 1.° de setiembre del 2022 y el 31 de agosto del 2023; y un 13% todos los que se comercialicen a partir del 1.° de setiembre del 2023.
La diputada liberacionista Paola Valladares, presidenta de la Comisión de Infraestructura de la Asamblea Legislativa, afirmó que el problema del proyecto es que concede exoneraciones del IVA en retroactivo, es decir, a servicios que ya se ejecutaron y por los que los contratantes ya pagaron el tributo.
“Quedó un enredo en cuanto a las fechas, porque habla que la vigencia comenzaría en julio pasado, pero el proyecto no puede ser retroactivo”, afirmó Valladares.
El proponente del proyecto 21.637, Luis Fernando Chacón, argumentó que había un defecto en el expediente, donde se obligaba a aplicar una exoneración retroactiva, lo cual no es posible.
“Hemos consensuado con los sectores y el Poder Ejecutivo para que se presente este veto con un texto sustitutivo que será recibido en la Comisión de Infraestructura y dictaminarse lo más rápido posible”, dijo el jefe del PLN.
La diputada Valladares añadió que la próxima semana ese foro legislativo discutiría las correcciones, de manera que las exoneraciones se apliquen a partir de la entrada en vigencia de la ley y luego aplicar un gravamen gradual.
Randall Murillo, director ejecutivo de la Cámara Costarricense de la Construcción, afirma que es entendible el veto del proyecto.
Murillo instó a los diputados a acelerar el trámite de corrección del proyecto, mientras que al Ministerio de Hacienda le pidió que se acelere el reglamento para la aplicación de la reforma.
“Es importantísimo dar incentivos a la construcción para que podamos reactivar la economía y general empleos”, concluyó el ejecutivo de la Cámara.