El Ministerio de Hacienda cambió, a partir del pasado domingo 1.° de enero, la forma de cobrar el impuesto al valor agregado (IVA) sobre las bebidas alcohólicas, las gaseosas, las varilla de acero y los bombillos incandescentes, entre otros productos.
El cambio consiste en que ahora el IVA se cobrará al consumidor final de cada producto en el momento en que lo compren, así como en cada etapa de la cadena de valor, como ocurre en la mayoría de los casos.
Antes, el tributo se pagaba a Hacienda por anticipado cuando una fábrica los producía y se disponía a sacarlo al mercado, o cuando un importador lo introducía a suelo nacional, en el caso de los bienes extranjeros.
“No hay impuestos nuevos. Resulta que antes el impuesto de ventas de toda la cadena productiva se cobraba en Aduanas o en el momento de producirlo, sobre una utilidad presunta. Eso se eliminó para que ahora se refleje en cada producto. No debería implicar más que reflejarse en la factura”, afirmó Nogui Acosta, ministro de Hacienda.
Con este cambio, quienes participen en las cadenas de valor de estos productos deberán pagar el IVA en cada etapa y aplicar el crédito fiscal correspondiente en sus declaraciones de impuestos.
En el caso de gaseosas, por ejemplo, deberán cancelar el tributo los supermercados, restaurantes o pequeños negocios cuando las adquieran, ya sea a un productor o a un importador. Luego, tendrán que pasar el tributo al consumidor final en las facturas.
El cambio se extiende a cervezas, licores, vinos, cigarros, bebidas gaseosas, plywood, repuestos y accesorios usados para vehículos, varillas de acero, bombillos incandescentes y fluorescentes, refrigeradoras, lavadoras y cocinas usadas, por mencionar algunos.
Acosta dijo que el cambio tampoco implicaría una mayor recaudación para Hacienda, si la utilidad presunta del anterior sistema estaba bien calculada. “Precisamente por esa razón y porque dejamos el impuesto de ventas por el impuesto al valor agregado, es que se hizo la modificación”, agregó.
Para abandonar el cobro de utilidad presunta, Hacienda argumentó que hoy la Administración Tributaria cuenta con herramientas como la facturación electrónica, los suministros masivos de información y la gestión de riesgo e inteligencia tributaria que permiten una gestión y un control más efectivo del IVA.
Añade que estas herramientas garantizan la trazabilidad y agilidad en la gestión del impuesto.
Además, indica, el mercado de los licores y cervezas ha cambiado radicalmente en las últimas décadas en cuando a la variedad de productos y de actores, lo que hace que los márgenes de utilidad hayan variado.
Por esas razones, “es conveniente, a fin de no causar distorsiones al sistema de imposición sobre el valor agregado, que se determine el tributo con base en el margen de ganancia correspondiente en cada etapa de comercialización y con base en las reglas generales establecidas en la Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento”, añade el documento.
Normas para la transición
El decreto contiene normas transitorias para que los contribuyetes apliquen el crédito fiscal en los licores nacionales y extranjeros que tengan declarados con el anterior sistema.
En primer lugar, deberán levantar un inventario sobre las cervezas nacionales y de licores nacionales e importados que tengan en existencia con cierre al 31 de diciembre de 2022.
Luego, los comercios detallistas que hayan cancelado el tributo a los proveedores, sin incluirlo en sus declaraciones juradas, podrán soportar el crédito fiscal con el inventario e incluirlos en la declaración de enero del 2023.