Luego de que la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, sugiriera la idea de cobrar el impuesto de renta mediante el sistema global, su cartera concretó la propuesta en la nueva versión de la reforma fiscal que ya puso en manos de los diputados.
Allan Saborío, socio director de Deloitte, explicó que renta global implicaría incluir, en una sola canasta, la totalidad de los ingresos de un contribuyente aplicando una sola tarifa incluso sobre ingresos que hoy están gravados, por separado, con impuestos de carácter cedular.
Actualmente, se aplica la modalidad de renta cedular, en la que se le da un tratamiento distinto a las rentas de diferente origen.
Tanto así que el contribuyente declara cada una de esas rentas por separado, ya sea utilidades por actividades productivas o rentas por inversiones, y entre ellas no hay ningún vínculo a la hora de calcular impuestos, así las obtenga la misma persona física o jurídica.
Para cambiar la modalidad, Hacienda propone una nueva redacción para el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
“A los efectos de este impuesto, tendrán la consideración de actividades lucrativas debiendo tributar conforme a las disposiciones del impuesto a las utilidades, la totalidad de los ingresos, así como la obtención de toda renta de capital y ganancias o pérdidas de capital”, dice la propuesta de texto lanzada por Hacienda este jueves.
¿Cómo cambiaría el cálculo del impuesto? ¿Quién gana?
Allan Saborío puso el ejemplo de una empresa que reciba ¢90.000 millones al año por su actividad ordinaria y ¢10.000 millones por los ingresos que le generan certificados de inversión.
Actualmente, cuando la empresa recibe las ganancias de los certificados, paga un 8% de impuesto por tratarse de un impuesto cedular, es decir, ¢800 milones por esos ¢10.000 millones.
Entonces, a la hora de declarar renta, solo incluye como ingresos gravables los ¢90.000 millones generados por la actividad ordinaria y registra los otros ¢10.000 millones como no gravables porque ya pagaron el impuesto en la fuente.
Luego, a los ¢90.000 millones le resta, por ejemplo, ¢70.000 millones en gastos, por lo que paga renta sobre los ¢20.000 millones de utilidades restantes, es decir, ¢6.000 millones con una tarifa del 30%.
Con el sistema de renta global, en cambio, el cálculo del impuesto se haría sobre los ¢100.000 millones totales de ingresos.
Esta cifra, menos los ¢70.000 millones de gastos, da una base imponible de ¢30.000 millones, con lo cual el impuesto de renta sería de ¢9.000 millones, a los cuales se le descontaría los ¢800 millones pagados previamente por los intereses generados por los certificados de inversión.
El tributo a pagar entonces será de ¢8.200 millones. Hacienda recibirá ¢2.200 millones más gracias al sistema de renta global.
Saborío agregó que, si bien Hacienda había planteado la renta global para las entidades financieras reguladas desde un principio, ahora la idea es extenderla a contribuyentes físicos y jurídicos.
Eso hará que un abogado que tenga utilidades por ¢50 millones anuales por su actividad principal y que además perciba ¢4 millones en intereses, tenga que sumar todo a la hora de calcular la renta, aunque ya haya pagado impuestos por uno de los ingresos, como en el caso anterior.
Con ello, es posible que suban algunos porcentajes de renta que debe tributar por cuanto existe una tarifa progresiva en la que, a mayores utilidades, mayor impuesto.
Según Saborío, no se incluirían para la tarifa única las rentas provenientes de ganancias de capital que grava la misma reforma fiscal, así como la tarifa diferenciada en rentas de capital inmobiliario básicamente relacionadas con alquileres.
Con la reforma fiscal, por cierto, subiría de un 8% a un 15% el impuesto de rentas de capital sobre las ganancias generadas con certificados de inversión.
Aquí puede consultar el texto completo de la nueva versión del proyecto de reforma fiscal propuesta por el Gobierno a los diputados:
Texto podría ser acogido
Esa nueva versión podría incluirse dentro del proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en los próximos días, si los diputados avalan la propuesta de la ministra de Hacienda.
Para el presidente de la Comisión de Reforma Fiscal, el oficialista Welmer Ramos, la idea de incluir renta global cerrará un portillo a las creatividades de los contribuyentes que han buscado hacer alguna “ingeniería tributaria” para pagar impuestos en los rubros donde la tasa o la carga impositiva les sería menor.
“La renta global viene a facilitar el cobro de la verdadera carga tributaria que tiene que soportar cada una de las personas en la economía. Si no la globalizamos, entonces las personas se ven tentadas a hacer algunas ingenierías tributarias para mostrar que la renta se la ganaron en rubros en que hay menos carga. Eso permite la elusión y la evasión fiscal”, dijo el legislador.
Globalizar elimina los portillos y deja menos chance a las salidas alternas, agregó Ramos.
En el caso de un asalariado que ya haya pagado mensualmente el impuesto sobre la renta, descontado de su remuneración, podrá descontar del pago anual del tributo lo que ya contribuyó con el Estado. No obstante, siempre la persona física estaría obligada a declarar su salario dentro de las ganancias totales que obtuvo.
Cambio en año tributario
Por otra parte, a diferencia de hoy, que el año tributario va del 1.º de octubre al 30 de setiembre del año siguiente, el nuevo año fiscal propuesto por el Ministerio de Hacienda iría del 1.º de enero al 31 de diciembre.
También, Hacienda incluyó en el capítulo del impuesto sobre la renta las propuestas para aclarar el tratamiento del diferencial cambiario que se genera al pagar rentas de ingresos en otras monedas y la homologación de las tarifas de remesas, en tasas del 15% y el 25%.
Igualmente, como lo había anunciado Aguilar, se elimina la exoneración de las ganancias de capital generadas en la bolsa de valores y se establece el impuesto de renta del 15% para cooperativas, el Banco Popular y las mutuales de ahorro y préstamo.
Las cooperativas tendrán la misma escala de renta de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y se incluye la norma de “subcapitalización”, que impone un límite de un 20% a las deducciones tributarias que pueden hacer las empresas por gastos financieros derivados de los créditos.
Seguridad con un IVA mayor
Además del capítulo sobre el impuesto de la renta, el borrador del Ministerio de Hacienda también aplica algunos cambios en el primer título de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Uno de ellos saca a los servicios de seguridad privada como una actividad gravada con el 4% del impuesto al valor agregado, lo que la deja como una actividad obligada a tributar con la tasa del 13%.
Además, elimina también el cobro de la tasa reducida de un 4% a las operadoras de pensión y establece que el Gobierno es un contribuyente más del IVA.