Luis Salazar, exasesor investigado por la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), le ganó un recurso de amparo a la Defensoría de los Habitantes, al alegar que la institución no le entregó documentos de la investigación administrativa en su contra.
La Sala Constitucional dio la razón a Salazar en un fallo del pasado viernes, en el expediente 20-008743-0007-CO.
El exfuncionario de Presidencia interpuso el recurso 16 días después de la petición, vencido el plazo legal de 10 días para la entrega de información pública.
La Defensoría envió parte de lo solicitado horas después de ser notificada por la Sala, el 21 de mayo.
“Así las cosas, se acredita que los derechos del recurrente se han visto lesionados por parte de la autoridad recurrida, por ello lo procedente es declarar con lugar el recurso de amparo”, explicó en la sentencia el magistrado José Paulino Hernández Gutiérrez.
Una semana después, Salazar recibió el audio defectuoso que contenía entrevistas a funcionarios involucrados, situación que fue notificada a la Fiscalía por la defensora de los Habitantes, Catalina Crespo.
La misma Crespo admitió públicamente el extravío de parte del audio, antes de transmitírselo al exasesor legal.
Salazar, quien estuvo encargado de preparar el decreto que creó la UPAD, pidió copias de documentos y materiales audiovisuales usados en el expediente donde la Defensoría tramita el caso.
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Asimismo, solicitó el currículum de los funcionarios que participan en la elaboración del documento.
La Defensoría argumentó ante la Sala que tardó en responder debido a un error involuntario, pues la funcionaria encargada de revisar el correo electrónico de la institución remitió la solicitud a una dirección inactiva, la cual debía redirigir los correos recibidos a otra dirección.
“En el caso concreto, la solicitud de deshabilitación y redirección de la cuenta no fue atendida con la celeridad del caso, esto debido al volumen creciente en las cargas de trabajo que enfrenta el Departamento de Informática, a partir de la implementación del teletrabajo a causa del covid-19”, indicó Crespo.
Debido a que la información ya había sido entregada al momento del fallo, la Sala no emitió condenatoria en costas, daños y perjuicios.
La UPAD, creada en febrero por medio de un decreto ya derogado, consistió en un equipo al cual Casa Presidencial pretendía otorgarle acceso a datos de las personas de carácter confidencial, almacenados en las instituciones públicas.
Dicha acción del Gobierno también es investigada por el Ministerio Público, que tramita el expediente por los presuntos delitos de violación de datos personales, abuso de autoridad y prevaricato.