El diputado Jonathan Prendas, del bloque independiente Nueva República, le cobró ¢9 millones por cesantía a la Asamblea Legislativa cuando pasó del cargo de asesor de confianza al puesto de legislador de la República.
Ahora, una respuesta de la Procuraduría General de la República (PGR) a la presidencia del Congreso concluye que este tipo de pagos es improcedente.
El 19 de abril del 2018, exactamente 11 días antes de asumir el cargo de diputado, Jonathan Prendas le presentó un reclamo formal al parlamento para exigir el pago de los derechos laborales, “en virtud de haber finalizado su relación de trabajo con la Asamblea”.
El hoy congresista entró Cuesta de Moras como asesor de confianza de diputado Carlos Avendaño, de Restauración Nacional, entre el 2011 y el 2014. Luego, se desempeñó como asesor de confianza del exlegislador Fabricio Alvarado, en la fracción del mismo partido, entre el 2014 y el 2018. En los últimos tres meses del 2018, trabajó con Alexandra Loría Beeche, quien sustituyó a Alvarado.
Según consta en la resolución administrativa 076-2018, la Asamblea le giró a Prendas Rodríguez ¢9 millones por prestaciones legales al término de su nombramiento como asesor de confianza.
Ese monto se compone de ¢8,4 millones por 154 días de cesantía más unos ¢600.000 por días de vacaciones.
El pago fue aprobado por el Directorio legislativo el 2 de mayo del 2018, dice la resolución, cuando Prendas ya era diputado. Además, se acordó cancelarle el aguinaldo y el salario escolar en las fechas de pago ordinario.
Otros dos legisladores también pasaron de puestos en el Congreso a ser diputados. Sin embargo, ellos no cobraron prestaciones.
El socialcristiano Pablo Abarca fue asesor en dos momentos: de mayo del 2010 a setiembre del 2014 y de febrero del 2018 a abril del mismo año. Sin embargo, solo cobró prestaciones por el primer periodo, no así por el segundo momento, cuando pasó de asesor a parlamentario.
El liberacionista Luis Fernando Chacón también laboró desde 1994 hasta abril 2018 como funcionario de planta del Congreso, donde tenía un puesto de director. Después de ser electo diputado, él presentó su renuncia y solamente se le pagaron ¢350.000. No cobró cesantía.
El criterio
El pasado 7 de junio, la Procuraduría General de la República le informó a la Asamblea Legislativa de que no es posible conceder el pago por cesantía a los funcionarios que, al ser removidos de sus puestos de confianza, inmediatamente pasen a ocupar cargos remunerados en alguna dependencia del Estado, incluida la Asamblea Legislativa.
Así ocurre, añadió, “con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva que asuman en el nuevo cargo”.
El procurador Luis Guillermo Bonilla explicó que el artículo 686 del Código de Trabajo impide el reingreso en cualquier dependencia del Estado a personas que hayan recibido la cesantía por dejar un puesto.
Los servidores públicos que se acojan al beneficio no pueden ocupar cargos remunerados en ninguna dependencia del Estado, durante un tiempo igual al representado por la suma de la cesantía.
"No obstante, si dentro de ese lapso llegasen a aceptarlo (un cargo), quedarían obligados a reintegrar al Tesoro Público las sumas percibidas, deduciendo aquellas que representen los salarios que habrían devengado durante el tiempo que permanecieron cesantes", añade el criterio.
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El criterio fue dirigido al presidente de la Asamblea Legislativa, Carlos Ricardo Benavides, en respuesta a una solicitud de su antecesora, Carolina Hidalgo, planteada en enero de este año.
Hidalgo había consultado a la Procuraduría qué pasa si un funcionario de confianza resulta electo en un cargo de elección popular: ¿debe cobrar prestaciones por el cambio de puesto?
Prendas: ‘Siempre se ha desarrollado así’
Consultado sobre el cobro de sus prestaciones, Jonathan Prendas explicó que, antes de pedir ese pago, hizo una consulta a la administración y le dijeron que “no había ningún problema, por ser regímenes totalmente diferentes”.
“Por eso no se había visto mal que la administración procediera con la liquidación correspondiente, fue la administración la que procedió. Es algo que siempre se ha desarrollado así”, comentó el diputado.
Agregó que hay jurisprudencia, para que no hubiese ningún tipo de duda y manifestó que el régimen de remuneración de los diputados siempre se ha entendido como “algo diferenciado” al que se emplea para el pago del personal legislativo.
“De hecho, los diputados para unas cosas no son funcionarios públicos y para otras sí. Para efectos de carrera profesional, no cuentan los cuatro años que estamos aquí, pero para cargas sociales sí”, indicó.
Por su parte, el director del Departamento de Recursos Humanos del Congreso, Hugo Cascante, manifestó que los diputados que fueron asesores, son “exfuncionarios que terminaron su relación laboral con el Estado, no perciben salario, perciben dietas producto de su trabajo en elección popular”.