El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó hoy la medida cautelar solicitada por el Colegio de Abogados y Abogadas contra el decreto del presidente de la República, Rodrigo Chaves que eliminó las tarifas mínimas de este colegio profesional.
Según la jueza Cindy Chavarría Hernández, el colegio “no aportó prueba que haga presumir la extrema urgencia” de suspender la decisión presidencial.
El decreto, publicado el miércoles en el diario oficial La Gaceta, busca que los abogados y notarios puedan decidir sin restricciones cuánto cobran por sus servicios.
Al solicitar la medida cautelar, el Colegio de Abogados y Abogadas alegó que la eliminación de las tarifas mínimas “amenaza los aranceles y honorarios de abogados, abogadas, notarios y notarias”.
Añadió que el decreto “contraviene el ordenamiento jurídico y el Estado de Derecho”.
La jueza Chavarría dio 24 horas al Gobierno para que dé su versión sobre el decreto. De esta forma, la jurista podría dictar una eventual medida provisional si la respuesta del Estado no es satisfactoria.
Anteriormente, los jueces Rodolfo Marenco Ortíz y Alex Rojas Ortega, también del Tribunal Contencioso, sí otorgaron medidas cautelares que suspendieron la eliminación de las tarifas mínimas de los colegios de Terapeutas de Costa Rica (CTCR) y Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA).
El pasado 14 de setiembre, el presidente Chaves anunció su decisión de eliminar los honorarios mínimos de colegios profesionales para abogados, contadores públicos, notarios, ingenieros, arquitectos, ingenieros químicos, terapeutas físicos, geólogos, microbiólogos, químicos clínicos, biólogos, físicos y nutricionistas.
La tesis del Poder Ejecutivo es que la eliminación ayudará a bajar los costos a los usuarios y aumentar la competencia.
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El Gobierno también anunció proyectos de ley para derogar las tarifas de los Colegios de Médicos y Cirujanos, Ingenieros Agrónomos, Cirujanos Dentistas y Psicólogos, pues estas están fijadas por ley.
El 7 de octubre, cuando el juez Alex Rojas ordenó la suspensión inmediata del decreto que aplicaba para el CFIA, consideró que debía resguardarse “en forma provisional y precautoria, eventuales derechos fundamentales y humanos que puedan encontrarse en riesgo, particularmente de libertad, trabajo y salario mínimo”.
Rojas agregó que los derechos que podían estar en riesgo persiguen que el trabajo no se degrade a simple mercancía, así como garantizar la dignidad humana y el decoro profesional.
Asimismo, en el caso del CTCR, el juez Marenco razonó que, con la vigencia del decreto, existen derechos fundamentales que pueden sufrir un daño irreparable como son el derecho al trabajo y a un salario remunerado digno.
Justificación del Gobierno
La medida del Gobierno se fundamenta en un estudio publicado, en febrero del 2022, por la Comisión para la Promoción de la Competencia (Coprocom). Dicho informe sugirió eliminar la posibilidad de que los gremios establezcan tarifas mínimas por los servicios profesionales.
La Coprocom concluyó que las tarifas mínimas limitan la autonomía de los profesionales, favorecen la colusión, restringen el acceso de los ciudadanos a los servicios y sostienen tarifas elevadas que encarecen bienes y servicios.
Este medio solicitó al Colegio de Abogados y Abogadas su criterio respecto al fallo de este jueves; no obstante, hasta las 6 p. m., no se había recibido respuesta.