Durante las investigaciones sobre presuntos actos de corrupción en obras municipales, la Fiscalía Anticorrupción solicitó que se les redujera la velocidad de Internet móvil a los teléfonos celulares de tres alcaldes y dos empresarios involucrados en el caso Diamante.
La solicitud, que fue autorizada por el juez penal de Hacienda, Manuel Morales, tenía por objetivo impedir que los investigados hablaran mediante aplicaciones que la Policía Judicial no podía interceptar, como Whatsapp o Facetime, de manera que hablaran por teléfono en donde las autoridades sí podían efectuar escuchas.
Al aprobar la reducción de datos, el juez Morales les advirtió a las operadoras telefónicas Kolbi y Movistar de que, por tratarse de una diligencia judicial confidencial, no podían revelar la razón de la disminución del servicio a los imputados y tenían que dar otra excusa si los sospechosos reclamaban.
La medida fue aplicada a Mario Redondo, alcalde de Cartago; Mangell Mc Lean, alcalde de Siquirres; Alfredo Córdoba, alcalde de San Carlos; Luis Fernando Gutiérrez, gerente de Asfalto de MECO; y Daniel Cruz, propietario de MTS Multiservicios, Explotec y Gruatec.
La reducción de datos estuvo vigente durante dos semanas, del 28 de junio al 9 de julio del 2021, y rigió en días laborales bajo horarios específicos.
El objetivo, alegó el fiscal general adjunto Anticorrupción, Miguel Ramírez, era evitar que los investigados usaran vías no rastreables para hablar sobre contratos, dádivas y favores, debido a la imposibilidad de intervenir esos canales.
Ramírez argumentó que los investigados cambiaron sus patrones de comunicación después de los allanamientos por el caso Cochinillla, los cuales se efectuaron el 14 de junio después de investigaciones apoyadas por intervenciones telefónicas. Según el expediente, algunos expresaron preocupación de que los estuvieran rastreando.
“Así las cosas, resulta indispensable la reducción de datos móviles a fin de tener mayor efectividad en la intervención de comunicaciones ordenada judicialmente en aras de esclarecimiento de los hechos de corrupción bajo investigación.
“Máxime en este momento en el que nos encontramos, habiéndose dado a conocer el caso denominado policialmente como Cochinilla, del cual se deriva la presente investigación.
“Posterior al allanamiento del 14 de junio de 2021, se captaron comunicaciones en las que se denota que algunos imputados como Fernando Gutiérrez, gerente de MECO y Alfredo Córdoba, alcalde de San Carlos, han hecho manifestaciones relativas a la posibilidad de estar siendo intervenidos telefónicamente y sobre algunas acciones para evitar ser descubiertos como borrar mensajes y hablar por otros medios”, dice la solicitud.
Entre los argumentos expuestos, se encuentra una conversación del alcalde de San Carlos en la cual, dice el expediente, habría hecho referencia a que no quería hablar sobre un tema por teléfono porque después lo estaban grabando.
También, presentó escuchas telefónicas de Luis Fernando Gutiérrez, de la constructora MECO, en las que pide a otras personas que mejor borren mensajes y que no conversen mediante llamadas, porque podrían estar intervenidos. Incluso, señala el documento, habló con un sujeto llamado Dennis para que le borrara los datos de iCloud.
La Fiscalía alegó que su petitoria se sustentaba en el artículo 20 de la Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos Privados e Intervención de las Comunicaciones, el cual reza: “Las empresas y las instituciones que brindan servicios de comunicación están obligadas a conceder, a la autoridad judicial, todas las facilidades materiales y técnicas para que las intervenciones sean efectivas, seguras y confidenciales”.
De esa manera, el Juzgado Penal de Hacienda procedió a solicitar a Kolbi y Movistar la reducción de la velocidad del Internet móvil de los teléfonos solicitados.
El Juzgado aceptó con la siguiente argumentación: “En este caso, sabiendo de las limitaciones que tiene el Poder Judicial para intervenir comunicaciones realizadas a través de aplicaciones telefónicas, los imputados hacen uso de estas para mantenerse en contacto.
“Según la cantidad de activaciones que presentan los teléfonos investigados, en el contexto actual de la pandemia, es claro que los imputados, para los fines que sean, están haciendo uso de sus teléfonos celulares y están relegando la realización de conversaciones sobre algunos temas a un espacio más privado que, en principio, no tendría sentido utilizar salvo que se procure disminuir cualquier tipo de interceptación de la llamada.
“Se advierte a las operadoras telefónicas que, por tratarse de una diligencia judicial confidencial, no podrán revelar la razón de la disminución del servicio a los imputados, dejando como alguna respuesta a utilizar, que tan solo se trata de asuntos técnicos temporales y de mantenimiento para ordenar la disminución del servicio de Internet”, señala la resolución.