Un juez del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda ordenó suspender, de forma inmediata, un segundo decreto del presidente de la República, Rodrigo Chaves, sobre eliminación de tarifas mínimas fijadas por colegios profesionales.
La medida cautelar suspende el decreto relacionado con las seis profesiones agrupadas en el Colegio de Terapeutas de Costa Rica (CTCR): Terapia Física, Terapia del Lenguaje, Audiología, Terapia Ocupacional, Terapia Respiratoria e Imagenología Diagnóstica y Terapéutica.
La resolución obliga al mandatario y al ministro de Economía, Industria y Comercio (MEIC), Francisco Gamboa, “abstenerse de realizar cualquier conducta que, de forma directa o indirecta, pueda tener como efecto ejecutar el acto administrativo aquí suspendido”.
La medida “provisionalísima” fue dictada la noche del viernes 14 de octubre por el juez Rodolfo Marenco Ortíz con “extrema urgencia”, al admitir una medida cautelar solicitada por la presidenta del CTCR, Viviana Pérez Zumbado.
El decreto 43702-MS-MEIC, firmado el 14 de septiembre de 2022, había sido publicado en el diario oficial La Gaceta 195, el pasado jueves 13 de octubre.
La suspensión tendrá vigencia mientras no sea resuelta por el fondo la queja, dice el dictamen que otorgó tres días al Gobierno para que se refiera al caso en audiencia.
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Anteriormente, el 7 de octubre, el Tribunal Contencioso también había suspendido el decreto que eliminaba los honorarios mínimos de los profesionales en Ingeniería, Arquitectura, Agrimensura y Topografía, por solicitud del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA).
Esa resolución la dictó el juez Alex Rojas Ortega.
La medida gubernamental
El 14 de setiembre, el Gobierno emitió decretos para eliminar las tarifas mínimas de abogados, contadores públicos, notarios, ingenieros químicos, terapeutas físicos, geólogos, microbiólogos, químicos clínicos, biólogos, físicos y nutricionistas.
La medida fue tomada con el objetivo de promover la competencia y bajar los precios, luego de que la Comisión para la Promoción de la Competencia (Coprocom) concluyó que los honorarios mínimos favorecen la colusión, restringen el acceso de los ciudadanos a los servicios y sostienen tarifas elevadas.
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Resolución en 18 horas
El Colegio de Terapeutas afirmó que la medida cautelar abre el espacio para continuar con el proceso judicial, mientras las tarifas mínimas siguen vigentes. “Nuestro equipo legal logró en menos de 18 horas esta medida cautelar”, afirmó Viviana Pérez.
En el caso del CTCR, el juez Marenco Ortíz argumentó que, con la vigencia del decreto, “existen derechos fundamentales que pueden encontrarse en riesgo y con un grave daño irreparable como son el derecho al trabajo y a un salario remunerado digno”.
En la solicitud de medida cautelar, Pérez argumentó que, por ser el Colegio de Terapeutas un ente público no estatal, le corresponde a su junta directiva preparar el reglamento de honorarios mínimos y elevarlo al Poder Ejecutivo para su aprobación.
Agregó, que al sustituir el decreto de Chaves la expresión “honorarios mínimos” por “aranceles de referencia y de uso discrecional”, se incrementa la posibilidad de la competencia desleal.
También, alegó que la jurisprudencia nacional garantiza al profesional un ingreso digno de su labor .
“Es una precarización de los servicios de salud, el permitir este decreto. Todo agremiado a nuestro colegio deberá cumplir lo que dictan nuestros aranceles mínimos, teniendo claro que, de no hacerlo, enfrentarán los procesos correspondientes”, finalizó Pérez