A solicitud de Fiscalía Adjunta contra la Legitimación de Capitales, un juzgado decomisó $1,3 millones depositados en cuentas bancarias por una sociedad cuyo representante decía tener un call center y un proyecto habitacional.
Luego de que los bancos BAC Credomatic y Popular emitieron reportes de operaciones sospechosas, los involucrados no lograron demostrar la forma en que obtuvieron el dinero.
Los sentenciados no aportaron pruebas de la existencia del call center, como fotografías de la oficina o la supuesta planilla con los nombres de los trabajadores. Tampoco señalaron la ubicación exacta del inmueble del presunto proyecto inmobiliario.
Por tanto, la jueza Erika Andrea Rojas Chavarría, del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, ordenó el decomiso del dinero con base en la figura de capitales emergentes (incremento de capital sin causa lícita), establecida en los artículo 20, 21 y 22 de la Ley contra la Delincuencia Organizada.
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Esta normativa permite confiscar bienes injustificados sobre los cuales se sospecha un origen ilícito. Se trata de un mecanismo de índole civil. Los procesos penales sobre lavado de dinero, en contra de las personas que tienen los bienes, se tramitan aparte.
Los recursos decomisados pasarán a manos del Instituto Costarricense contra las Drogas (ICD), como lo determina la ley.
El Ministerio Público comunicó que las tres personas implicadas son de apellidos Morera, Moiño y Jiménez, quienes además tendrán que pagar las costas legales y de investigación.
Las alertas bancarias
Todo empezó cuando el BAC generó un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) sobre movimientos en la cuenta de una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) por $4,4 millones, entre febrero y junio de 2020.
La entidad bancaria pidió al representante legal de la sociedad, quien es vecino de Heredia, la documentación que respaldara el origen del dinero. Sin embargo, al no quedar satisfecha con las explicaciones, el banco decidió cerrar la cuenta y alertar a las autoridades estatales.
Al momento de su fundación, el 26 de abril de 2010, el representante legal de la sociedad indicó que se dedicaban a servicios de call center e inversiones, como compra y venta de propiedades.
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Representante de sociedad sacó dinero de la cuenta que sería cerrada
Entre el 8 y el 19 de junio de 2020, el representante de la sociedad realizó transferencias por $286.000 a una cuenta del Banco Popular a nombre de un vecino de Puntarenas. El hombre que recibió este dinero es otro de los sancionados con el decomiso en la sentencia judicial.
Asimismo, el 10 de junio del año 2020, la sociedad realizó otro depósito por $266.000 a otra cuenta del Banco Popular, propiedad de la segunda persona sancionada, una mujer vecina de Monteverde.
En ambos casos el representante legal aseguró que los giros obedecían a “contratos de construcción”.
Posteriormente, la sociedad cuestionada abrió dos cuentas bancarias en el Banco Popular. El representante declaró que la empresa generaría un ingreso de $30.000 mensuales por actividades de call center.
Sin embargo, el 16 de junio de 2020, se realizó una cuantiosa transferencia por $500.000 desde la cuenta bancaria de la sociedad en el BAC que estaba pronta a ser cerrada, a una de las recién creadas cuentas en el Banco Popular. En el detalle del depósito se detalló “pago de planillas”.
Dos días después, el 18 de junio del 2020, el representante de la compañía acudió al Banco Popular y modificó la actividad económica registrada a “venta de bienes y servicios”.
Además, declaró un ingreso mensual de $600.000, veinte veces más de lo expresado una semana antes.
Entre los hechos probados por la Fiscalía Adjunta contra la Legitimación de Capitales, se evidencia que, una vez abiertas las cuentas en el Banco Popular, la sociedad recibió depósitos mediante transferencia de la cuenta que le sería cerrada en el BAC, así como transferencias vía Sinpe Móvil y depósitos realizados en sucursales de distintos lugares del país.
Banco Popular también alertó a las autoridades
Al igual que lo hizo el BAC, el Banco Popular generó un Reporte de Operación Sospechosa a raíz del cuantioso ingreso de dinero en las cuentas de la sociedad implicada.
Luego de esta alerta, el Ministerio Público congeló los recursos existentes en las cuentas bancarias bajo investigación. En total, fueron inmovilizados $936.000 pertenecientes a la empresa indagada, $197.000 propiedad del vecino de Puntarenas y $181.000 en cuentas de la vecina de Monteverde.
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Los artículos 20, 21 y 22 de la Ley contra la Delincuencia Organizada existen desde el 2009. No obstante, su uso estuvo cuestionado en 2013 por posibles roces con la Constitución Política, en cuanto al principio de inocencia y derecho de propiedad, entre otros.
Sin embargo, en diciembre de 2015 su aplicación fue avalada por la Sala Constitucional, mediante el voto N.° 2015-018946.
Pese a que la figura de capitales emergentes es de tipo civil, paralelamente se puede desarrollar un proceso de tipo penal, como ocurre en este caso; los $1,3 millones decomisados tiene una medida cautelar de inmovilización, dado que forman parte de la investigación penal 200000030-1322-PE, en la cual se solicitó desestimación.
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