La Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa dictaminó afirmativamente un proyecto de ley que reformaría el Código Civil y el Código de Familia, con tal de establecer que madre y padre puedan escoger el orden de los apellidos de sus hijos.
Se trata de una reforma que había presentado la exdiputada frenteamplista y hoy ministra de la Mujer, Patricia Mora Castellanos, la cual establece que, si no hay acuerdo entre los padres sobre el orden de los apellidos de sus hijos, se deberá poner de primero el de la madre.
La iniciativa se tramitó bajo el expediente legislativo 20.304 y, además, indica que el orden de los apellidos escogido para el hijo o hija mayor de la familia, será el mismo para sus hermanos o hermanas menores.
"El orden de transmisión del primer apellido será acordado entre los progenitores antes de la inscripción registral. En caso de desacuerdo o cuando no se hayan hecho constar los apellidos en la solicitud de inscripción, la persona encargada del Registro Civil previo a la inscripción requerirá a los progenitores, o a quienes ostenten la representación legal de la persona menor de edad, para que en el plazo máximo de tres días hábiles comuniquen el orden de apellidos.
“Transcurrido dicho plazo sin que haya acuerdo expreso, la persona encargada del Registro Civil procederá a hacer la inscripción asignando primero el primer apellido de la madre y, luego, el primer apellido del padre”, dice la reforma dictaminada por los legisladores.
Además de lo relacionado con el orden de los apellidos, la reforma legal establece que el proceso de inscripción de nombres y apellidos de la persona deberá “considerar y respetar la cultura, tradiciones y características lingüísticas, brindando asistencia a las poblaciones históricamente vulnerabilizadas”.
El dictamen lo aprobaron Nielsen Pérez, del PAC; Ivonne Acuña, de Nueva República; José María Villalta, del Frente Amplio; y Paola Valladares, del PLN.
Ahora, el texto pasará al plenario legislativo, en donde los diputados podrán presentarle propuestas de cambio en dos ocasiones, antes de pasar a primer y segundo debate.
En cuanto a las personas adoptadas, la iniciativa legal ordena que los padres que adopten también deberán ponerse de acuerdo en el orden de los apellidos, tanto como si una persona adopta al hijo de su pareja o cuando ambos sean adoptantes.
El criterio de la Procuraduría General de la República sobre la iniciativa legal fue favorable. Incluso, ese órgano señaló que imponer el apellido del padre antes que el de la madre, como se ha venido haciendo hasta la fecha, resulta discriminatorio hacia la mujer.
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Además, ese órgano alegó que la práctica actual es contraria al principio de igualdad de derechos de los cónyuges establecido por el artículo 52 de la Constitución Política.
“La imposibilidad de variar el orden de los apellidos no solo atenta contra la libertad de elección de los padres, sino también del mismo titular del nombre, como parte de su identidad personal, a la hora de establecer con el suficiente juicio, con cuál de sus progenitores guarda un vínculo emotivo y afectivo más fuerte”, manifestó la PGR.
José María Villalta, del Frente Amplio, impulsó la iniciativa de su antecesora Patricia Mora y destacó que la iniciativa busca la igualdad entre hombres y mujeres, “para combatir una práctica históricamente discriminatoria contra las mujeres”.
Por su parte, Ivonne Acuña afirmó sobre la reforma: “Es bastante importante en el sentido de acabar con el estigma social que se le da a aquellos niños y niñas que no llevan como primer apellido el de su padre, cuando este está ausente. Tratamos de armonizar la ley actual en función de una realidad que no queremos abrazar ni incentivar”.
Aseguró que, si bien lo ideal es que los niños y niñas cuenten con la presencia de ambos padres, la realidad costarricense es que no es así por diversas circunstancias.
"El dictamen y el texto sustitutivo irá de nuevo a consulta a diferentes instituciones, pues una de las respuestas del Tribunal Supremo de Elecciones decía que eso podría generar algún tipo de inseguridad registral", agregó Acuña.
La iniciativa se dictaminó luego de acoger un texto sustitutivo y le da un plazo de dos años al Registro Civil para hacer los ajustes necesarios para implementar la ley.