La presidenta ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, devenga un salario de ¢7 millones mensuales de forma ilegal, según alertó la Contraloría General de la República (CGR) a la Junta Directiva de la entidad.
Mediante un oficio enviado el 19 de diciembre, la Contraloría señaló que la CCSS paga a Esquivel un salario de ¢7.158.848 mensuales desde que fue nombrada, el 20 de setiembre de 2022. Sin embargo, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, implementada en el 2018, determinó que el salario total de los servidores públicos no puede superar el equivalente a 20 salarios base de la categoría más baja de la escala de sueldos, es decir, ¢5.565.000 mensuales.
Esto significa que la jerarca de la Caja gana ¢1.593.848 mensuales por encima del tope establecido por la ley. “La infracción a esta normativa legal supone una afectación a la Hacienda Pública, toda vez que implica una erogación de fondos públicos superior a la establecida por el legislador”, dijo la CGR..
La Contraloría ordenó a la Junta Directiva ajustar de inmediato el monto devengado por Esquivel y recuperar las sumas pagadas en exceso por salarios y cualquier otro gasto derivado de las diferencias, como aguinaldos, salarios escolares, cargas sociales y fondo de capitalización laboral, entre otros.
“Resulta imperante que la Junta Directiva adopte las medidas correctivas para restablecer la legalidad y salvaguardar el correcto funcionamiento de la gestión administrativa”, detalla el escrito.
La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas estableció que, en el momento de la entrada en vigor de la reforma, las instituciones no podían disminuir los salarios que superaran el límite fijado. Sin embargo, con el cambio de gobierno, el 8 de mayo del 2022, los nuevos jerarcas debían ajustarse a la legislación, en especial aquellos bajo modalidad de salario único, como es el caso de Esquivel.
Según la Ley de Salarios de la Administración Pública, el tope de ¢5.565.000 mensuales aplica a los funcionarios del Poder Ejecutivo y sus dependencias, los órganos de desconcentración adscritos a los ministerios, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y las dependencias de estas entidades. También, incluye a servidores de elección popular, jerarcas y titulares subordinados.
Solo se exceptúan funcionarios de instituciones que operen en competencia y los diplomáticos del servicio exterior.
La Contraloría dio un plazo de 20 días hábiles a la Junta Directiva para que comunique las acciones tomadas para atender las órdenes, incluyendo las fechas previstas y los responsables de atender la situación.
Según detalla el oficio, esta investigación comenzó debido a una denuncia recibida por la Contraloría.
La Nación envió un mensaje a la jerarca de la Caja para conocer su versión sobre el oficio de la Contraloría pero no se obtuvo respuesta.
El entre contralor añadió que, según la Ley Marco de Empleo Público, el salario del presidente de la República es el límite máximo en toda la Administración Pública. El sueldo bruto máximo del mandatario es de 25 salarios base mensuales de la categoría más baja, aproximadamente ¢6.956.250.
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