El Ministerio de Trabajo ordenó procesos disciplinarios contra los funcionarios del departamento de Relaciones de Trabajo que avalaron cuatro convenciones colectivas con cesantías y anualidades de lujo, pese a reforma fiscal ordenó reducir esos beneficios.
Dicho departamento es el que aprueba finalmente las convenciones colectivas del sector público y le corresponde hacer un análisis legal del contenido de estos pactos.
La institución confirmó que los procesos se iniciaron luego de una investigación preliminar arrojó que dicho departamento cometió un error a la hora de dar el visto bueno a esos pactos.
No confirmó los nombres de los investigados, pero informó que son los que aparecen en los documentos de homologación de dichas convenciones. Ronald Salazar, jefe del departamento de Trabajo, fue quien dio el visto bueno.
Dicha investigación se inició tras una publicación de La Nación, la cual reveló que los pactos colectivos incluían cesantías de hasta 20 años y anualidades en términos porcentuales de hasta 3%.
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La reforma fiscal impuso un tope de ocho años de cesantía y anualidades de montos fijos invariables calculadas sobre 1.94% y 2.54% del salario base de julio de 2018, para frenar el crecimiento exponencial del gasto público.
Sin embargo, entre enero y febrero, dicho departamento aprobó cláusulas contrarias a esa ley en las convenciones colectivas de Pérez Zeledón, Desamparados (San José), San Ramón (Alajuela) y La Unión (Cartago), aunque la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas entró en vigencia de diciembre de 2018.
Pese a que el MTSS reconoció que se trató de un error, las convenciones colectivas aprobadas al margen de la ley siguen vigentes.
Para derogar los privilegios, se deben establecer los procesos correspondientes ante un juzgado de Trabajo o la Sala Constitucional, donde podría tardar años. Otra opción sería una nueva negociación, pero se requiere del acuerdo de ambas partes. Las convenciones colectivas aprobadas tienen vigencia de tres años.
Además de las anualidades de hasta 3% en términos porcentuales, los sindicatos y alcaldes de estos municipios acordaron pagos por cesantía de hasta 20 años, incluso por la renuncia del trabajador o despido justificado, lo cual es inconstitucional, según varias sentencias sobre otras convenciones colectivas.
Un dictamen de la Procuraduría General de la República (PGR), que opera como abogado del Estado, declaró que las convenciones colectivas no pueden sobreponerse a las leyes vigentes e, incluso, a las que se aprueben posteriormente.
“Solución similar se da en el caso de convenciones colectivas renegociadas y homologadas con posterioridad al 4 de diciembre de 2018, pues las mismas deben adaptarse en todos sus extremos a lo establecido en la citada ley (la reforma fiscal)”, señaló la Procuraduría este 10 de junio.
Para la Procuraduría, el departamento de Relaciones de Trabajo debe verificar que las convenciones colectivas se ajustan a la ley y, en caso de que la contravenga, no debería homologarlas.
En otro dictamen reciente, la PGR consideró que estas convenciones colectivas contienen cláusulas en franca violación a lo dispuesto por la Ley.