Política

Violar restricción vehicular sanitaria conllevará multa de ¢107.000 y retiro de placas

También, con 46 votos a favor, los diputados aprobaron sanciones hasta de ¢2,3 millones por irrespetar órdenes de aislamiento emitidas por el Ministerio de Salud

La solicitud del Gobierno de aumentar las multas obedece a la gran cantidad de personas que han irrespetado la restricción sanitaria durante la pandemia por el nuevo coronavirus. Foto: Cortesía del Ministerio de Seguridad

Con el voto unánime de los 46 diputados presentes, la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles dos proyectos de ley para incrementar las multas contra quienes violen las restricciones impuestas para enfrentar la pandemia del nuevo coronavirus.

Por un lado, subirá de ¢23.415 a unos ¢107.000 la sanción por violar la restricción vehicular sanitaria.

Asimismo, se impondrán multas de entre ¢450.000 y ¢2,3 millones a quienes irrespeten las órdenes sanitarias de aislamiento emitidas por el Ministerio de Salud.

Las iniciativas recibieron el voto favorable de los diputados en dos votaciones diferentes, durante una nueva sesión celebrada por el plenario legislativo en el Auditorio Nacional del Museo de los Niños.

En el caso de la sanción para los conductores, la reforma a la Ley de Tránsito implicará también para el infractor la pérdida de seis puntos en su licencia de conducir y el retiro de las placas de su vehículo.

Actualmente, la multa por incumplimiento de la restricción vehicular ordenada por el Poder Ejecutivo es de ¢23.415.

La reforma introduce un nuevo artículo, el 95 bis, que incluye una multa particular cuando el Gobierno decrete una restricción vehicular por una emergencia nacional, sea de índole sanitario o no.

Restricción vehicular

En la actualidad, la restricción vehícular sanitaria rige de 10 p. m. a 5 a. m. y, los fines de semana, de 8 p. m. a 5 a. m.

Sin embargo, el presidente de la República, Carlos Alvarado, anunció este miércoles nuevos horarios para evitar la salida masiva de personas durante la Semana Santa.

Entre el viernes 3 de abril y el martes 7 de abril, la limitación nocturna ahora se extenderá de 5 p. m. a 5 a. m.

Además, entre el sábado 4 de abril y el martes 7 de abril, también se aplicará una restricción diurna por número de placas.

Los autos cuyas placas terminen en 0, 2, 4, 6 y 8 no podrán circular durante el día el sábado 4 de abril ni el lunes santo (6 de abril).

Mientras tanto, los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9 no podrán salir el domingo 5 de abril ni el martes santo (7 de abril).

Finalmente, del miércoles 8 de abril al domingo 12 (domingo de Ramos), habrá restricción absoluta excepto para ir a supermercados y farmacias con el siguiente orden: miércoles (placas terminadas en 0 y 1); jueves (2 y 3); viernes (4 y 5); sábado (6 y 8); y domingo (8 y 9).

El lunes 13 de abril, retornarán las restricciones actuales.

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Alvarado calificó de “patriótico y excepcional” el quehacer de los diputados y anunció que, si el Congreso aprueba este viernes las nuevas multas en segundo debate, el gobierno apurará los trámites para la pronta entrada en vigencia de las mismas.

Los diputados promotores de la reforma alegaron que una parte de la población no ha atendido las órdenes emitidas por la pandemia del covid-19 e, incluso, circula en horas de restricción vehicular en estado de ebriedad.

Hasta este miércoles, la Policía de Tránsito ha multado a 2.079 personas por incumplir la restricción vehicular sanitaria decretada por el Ejecutivo.

Lo mismo sucede con personas que, pese a tener una orden de aislamiento establecida por el Ministerio de Salud, incumplen la medida y generan un riesgo de contagio del nuevo coronavirus.

Ante ello, el Gobierno promovió una reforma a la Ley General de Salud que impone fuertes sanciones contra quienes violenten las disposiciones sanitarias. Las multas aprobadas por los diputados serían de tres tipos:

- ¢450.200 (un salario base) para quien irrespete el aislamiento sanitario que se le imponga por tener factores de riesgo de un cuadro grave de enfermedad.

- ¢1,35 millones si la persona que viola el aislamiento sanitario es sospechosa de tener una enfermedad contagiosa o, aun sin presentar síntomas o signos evidentes de enfermedad, tenga contacto cercano con un agente causal de la enfermedad.

- ¢2,3 millones si la persona irrespeta el aislamiento sanitario, a pesar de que se le haya diagnosticado, médica o clínicamente, una enfermedad contagiosa.

La reforma legal mantiene una excepción para las personas que, en virtud de un estado de necesidad, tengan que abandonar su lugar de aislamiento; la misma excepción aplicaría para quienes estén en situación de calle.

La aplicación de estas multas estaría en manos del Ministerio de Salud.

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Aarón Sequeira

Aarón Sequeira

Periodista encargado de la cobertura legislativa en la sección de Política. Bachiller en Filología Clásica de la Universidad de Costa Rica.

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