#NoComaCuento: TSE reitera prohibición de difundir sondeos no autorizados
Multas van de los ¢4 a los ¢20 millones
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PorLuis Diego Bermudez
Diversas páginas de redes sociales están divulgando sondeos sobre la intención de voto de cara a la segunda ronda electoral, la publicación de ese tipo de contenidos está prohibida, según reiteró el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Andrei Cambronero, letrado del TSE, explicó que la sentencia N.° 0382-E8-2018 es clara en que la prohibición de difundir estudios no autorizados también aplica para redes sociales, porque son consideradas por el Tribunal como medios de comunicación masiva.
Las empresas o particulares que decidan publicar ese tipo de sondeos corren el riesgo de ser multados por un monto que va de ¢4 a ¢20 millones, según lo indica el artículo 289 del Código Electoral.
Los únicos estudios autorizados por el TSE son los realizados por Borge & Asociados, Opol Consultores, Imerca, Ciep-UCR, Demoscopia, CID Gallup, Unimer, Gil Internacional, Conare, Idespo-UNA y Blanco y Sánchez Consultores.
(Video) #NoComaCuento: Diferencias entre encuestas falsas y legítimas.
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