El ministro de Hacienda, Nogui Acosta, reconoció a la Sala IV que no existe un informe técnico que sustente el supuesto “megacaso” de evasión contra una empresa de Leonel Baruch Goldberg, accionista del medio de comunicación CRHoy.
Así lo admitió Acosta después de que los magistrados constitucionales le advirtieron de que presentarían una denuncia penal en su contra, por la eventual comisión del delito de desobediencia, si no cumplía la orden de entregar a Baruch el informe sobre un supuesto fraude de ¢11.000 millones que mencionó, en enero de este año, en la Asamblea Legislativa.
El pasado 29 de noviembre, el ministro comunicó por escrito a la Sala IV que no puede cumplir con la orden, porque el único documento empleado por Hacienda para denunciar a la empresa Beta Matrix, de Leonel Baruch, es un oficio que, en criterio del Tribunal, no cumple con los elementos de rigor para ser considerado un informe técnico.
Se trata del traslado al Ministerio Público de una denuncia anónima en la que, más bien, la Dirección de Tributación indicó que la sociedad estaba debidamente inscrita y al día con sus obligaciones, además de que para la administración no era posible calificar su declaración de impuestos sobre la renta como fraudulenta.
Acosta manifestó que no existe otro documento, por lo que solicitó a los jueces constitucionales dejar sin efecto la advertencia de incumplimiento.
Indicó a los jueces constitucionales que, durante su interpelación ante el Congreso, hizo referencia a la existencia de un informe técnico, “bajo el entendido” de que es práctica normal, en la Dirección General de Tributación, emitir dicho documento, como cierre de la actuación fiscalizadora de control tributario.
El jerarca reconoció que hizo mención al documento sin tener conocimiento de este, “por el especial sigilo que debo guardar para no involucrarme en las gestiones que haga la Dirección General de Tributación”.
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Baruch pide investigación del Ministerio Público
El empresario Leonel Baruch no aceptó la postura del jerarca y pidió a la Sala IV remitir el expediente al Ministerio Público, para que se siga el proceso por incumplimiento, por considerar las acciones del ministro de Hacienda como de mala fe y contrarias al deber de probidad.
Baruch también argumentó ante los magistrados que, con la denuncia del supuesto “megacaso”, se pretendió instrumentalizar “el brazo tributario nacional para fines políticos y espurios, en mi contra, solo por el hecho de ser el presidente de la Junta Directiva de un medio de comunicación de línea crítica al gobierno de (Rodrigo) Chaves Robles”.
“Con mentiras, ahora confesas, pretendió, haciendo uso de los poderes de la Administración Tributaria, dañar financiera y reputacionalmente a un ‘enemigo’ político del presidente de la República”, agregó.
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Denuncia basada en un video de TikTok
Esta no es la primera vez que Acosta falla en acreditar las bases de la denuncia contra la empresa de Baruch.
En marzo, la Fiscalía de Delitos Económicos, Tributarios y Aduaneros llamó la atención al ministro por haber enviado la transcripción de una denuncia hecha de un video de TikTok, como único elemento para sustentar las afirmaciones sobre el supuesto “megacaso”.
A raíz de esto, la fiscala auxiliar, Selena Salas Aguilar, pidió a Hacienda ampliar la “denuncia correspondiente a los delitos detectados por dicho ministerio, toda vez que, a la fecha, solo se ha contado con una denuncia transcrita de un TikTok publicado”.
En respuesta, el 17 de abril, Giovanni Tencio Pereira, director de Fiscalización de Tributación, reconoció que no existe una denuncia formal con estudio técnico ni una relación de hechos; dijo que el caso se trasladó al Ministerio Público con base en la denuncia anónima y no existía más documentación al respecto.
Aguilar evidenció la ausencia de una denuncia formal, con sustento probatorio, cuando la Sala IV le solicitó informar al respecto con motivo del recurso de amparo (expediente N.° 23-004269-0007-CO) que Leonel Baruch presentó por la negativa de Hacienda de entregarle el estudio técnico.
Orden incumplida
Los magistrados habían exigido a Nogui Acosta y Mario Ramos, director de Tributación, cumplir con la sentencia emitida el 2 de junio del 2023.
En aquel momento, la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso de amparo presentado por Baruch y ordenó a las autoridades de Hacienda entregar el informe técnico que el empresario había solicitado desde el 7 de febrero del 2023 (sentencia 2023-013223 del expediente 23-004269-0007-CO).
Acosta garantizó la existencia de dicho informe técnico, cuando fue interpelado en el plenario de la Asamblea Legislativa, para sustentar la denuncia penal enviada al Ministerio Público contra Baruch, por un supuesto fraude fiscal de ¢11.000 millones que fue anunciado por el jerarca durante una conferencia de prensa, en enero.
A raíz de ello, el empresario solicitó a los jerarcas el informe técnico, pero no se lo entregaron. El caso llegó a la Sala IV y esta ordenó, el 2 de junio, suministrar el documento en un plazo de cinco días.
Ocho días después, el 10 de julio, Baruch presentó una gestión por desobediencia al señalar que el ministro y el director de Tributación no le entregaron el informe y que mienten al decir que lo hicieron.
El empresario explicó que, el 28 de junio, le enviaron el oficio DF-670-2022 del 10 de octubre del 2022, “documento que, según ellos, contiene todos los elementos de hecho y derecho” analizados con motivo de la interposición de una denuncia anónima y que sustentó el traslado al Ministerio Público.
“Como bien se tuvo por probado, es falso que ese oficio sea el informe que les ordenaron entregar”, alegó Baruch.
El oficio DF-670-2022 fue el que usó la Dirección de Fiscalización de Tributación para trasladar la denuncia anónima a la Fiscalía. Está firmado por Karla Salas Corrales, directora de Fiscalización de Tributación.
El documento precisa que no se estaba en presencia de “obligados tributarios omisos u ocultos, “ya que ha quedado demostrado que la sociedad Beta Matrix, para el periodo fiscal en que supuestamente se dan los hechos denunciados, estaba debidamente inscrita y cumpliendo con sus obligaciones formales y materiales”.
Director de Tributación no vio necesidad de aclarar
Por su parte, el director de Tributación, Mario Ramos, aseguró que nunca vio “la necesidad de debatir, desvirtuar, aclarar o rectificar lo dicho por el señor ministro (Nogui Acosta)”, por considerar que el oficio del 10 de octubre era el informe técnico.
El funcionario reiteró que este es el único documento “donde se dejaron plasmadas todas las probanzas, antecedentes y los elementos de hecho y derecho que motivaron a la administración tributaria a generar su traslado o denuncia al Ministerio Público”.
En su resolución de noviembre, la Sala Constitucional indicó que es incongruente la posición de Hacienda al afirmar que la denuncia plasmada en el oficio 670-2022 es el informe técnico.
“Ese documento fue aportado al recurso de amparo como prueba documental, al que el recurrente tuvo libre acceso, pues dicho jerarca defendió que era confidencial y darlo a conocer violaba el Código de Normas y Procedimientos Tributarios y ponía en riesgo la investigación penal.
“Es decir, la autoridad recurrida al haber aportado la denuncia penal, que ahora afirma es el informe técnico, habría violado la ley y puesto en riesgo el proceso penal, según su propio dicho”, apuntó la Sala.