Los ministros de Hacienda, Rodrigo Chaves, y Planificación, Pilar Garrido, presentaron este lunes a los diputados varias iniciativas de ley para paliar el efecto negativo del covid-19 en el sector empresarial.
Durante una reunión con los jefes de fracción de la Asamblea Legislativa, los jerarcas entregaron el proyecto para suspender, durante tres meses (abril, mayo y junio), el cobro del impuesto al valor agregado (IVA), así como el tributo de renta, el selectivo de consumo y los aranceles por introducción de mercancía al país.
La propuesta ya entró en corriente legislativa bajo el número 21.845 y propone reformas a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, a la Ley del Impuesto sobre la Renta, a la Ley de Consolidación de Impuestos Selectivos de Consumo y a la Ley General de Aduanas.
Básicamente, la moratoria para todos esos tributos se extendería por tres meses, de abril a junio de este año, y la iniciativa le da la potestad al Poder Ejecutivo para que, mediante decreto ejecutivo debidamente razonado, amplíe por un mes las medidas de moratoria a los impuestos.
IVA
En cuanto al IVA, el proyecto establece que “los contribuyentes de este impuesto podrán, durante los meses de abril, mayo y junio de 2020, presentar la declaración del impuesto sin efectuar el pago del impuesto al valor agregado (IVA)”.
Eso sí, el pago del tributo correspondiente a los meses de la moratoria se deberá cancelar “a más tardar el 31 de diciembre, sin pagar intereses ni multas”.
Renta
Para los contribuyentes del impuesto a las utilidades, establecido en el artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se declara la posibilidad de no realizar los pagos parciales correspondientes a los meses de abril, mayo y julio, pero la moratoria no aplicaría para los contribuyentes que cuentan con un periodo fiscal especial, previamente autorizado por la Autoridad Tributaria.
El pago de los demás impuestos establecidos en la Ley de Impuesto sobre la Renta se mantienen, sea que se hagan por “autoliquidación de parte del contribuyente o por retención de la fuente”.
Selectivo de consumo
Para este caso, se establece la posibilidad de presentar la declaración y no realizar el pago del impuesto durante los meses de abril a junio del 2020, a aquellos contribuyentes del impuesto selectivo de consumo que estén inscritos como tales en el Registro Único de la Dirección General de Tributación.
Al igual que en el caso del IVA, el pago se deberá realizar a más tardar el 31 de diciembre de este año, sin pagar intereses ni multas.
Aranceles
La iniciativa incluye en la moratoria los aranceles por nacionalización de mercancías por el mismo periodo y también establece que el pago se debe hacer antes de finalizar el año.
A esa iniciativa se unirán, en combo, el proyecto de la jefa de fracción de la Unidad Social Cristiana (PUSC), María Inés Solís, de salvamento a los empresarios afectados por el impacto del coronavirus, y el de María José Corrales, de Liberación Nacional, para regular los precios de los productos de aseo necesarios para prevenir el contagio del covid-19.
Igualmente, el Poder Ejecutivo tomaría la acción de desconvocar de la agenda de sesiones extraordinarias varios proyectos de ley que resulta innecesario seguir impulsando en momento en que el país se está enfocando en minimizar el impacto del nuevo coronavirus en el país.
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