El Partido Progreso Social Democrático (PPSD), del candidato presidencial Rodrigo Chaves, le envió al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) el estado financiero de enero sin revelar a las personas que le inyectaron ¢638 millones a su campaña mediante la compra de bonos de deuda política.
La agrupación tampoco presentó los estados de cuentas bancarias, los registros auxiliares contables, los libros contables legalizados ni la copia certificada del auxiliar de la cuenta bancaria para donaciones.
A raíz de estas omisiones, el TSE le envió este viernes una prevención al partido para que, en un máximo de diez días hábiles, presente la información exigida por la normativa electoral a todas las agrupaciones que entraron a la contienda.
“En relación con lo anterior, resulta oportuno mencionar que el Código Electoral vigente establece que el tesorero o tesorera del Comité Ejecutivo Superior debe presentar este informe al TSE en los términos y plazos previstos”, señala la prevención dirigida al PPSD.
Este partido, que entró a la segunda ronda para la elección presidencial y que ganó nueve diputaciones, reportó que su principal fuente de ingresos en enero fue la colocación de certificados por ¢638 millones, pero sin detallar quiénes los adquirieron.
Las agrupaciones emiten bonos de deuda política para atraer financistas o para comprar servicios en campaña. Se convierten en una expectativa de pago, que depende del resultado electoral. Quienes los compran le inyectan recursos al partido con la promesa de una retribución por descuento y por intereses.
El PPSD obtuvo votos suficientes acceder a más de ¢3.500 millones de la contribución estatal, lo que permite cubrir los bonos emitidos en la primera parte de la campaña.
Tesorero alega falta de personal
Stephan Brunner, tesorero del partido y candidato a vicepresidente de Rodrigo Chaves, argumentó que carecen de suficiente personal.
“Efectivamente, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) remitió dicha prevención a raíz del retraso en la entrega de la información relacionada con los nombres de los compradores de bonos y/o donantes. El motivo de dicho inconveniente está ligado a la falta de personal en la estructura, pues al ser un partido pequeño y con pocos recursos, nos limitó en la contratación de personas que pudieran colaborar en dicha área. La información será entregada dentro del plazo adicional de 10 días que nos brindó el Tribunal”, dijo a La Nación.
El TSE le escribió a Brunner en la prevención: “En un análisis preliminar de la información aportada, se determinó que el Partido Progreso Social Democrático omitió algunos de los elementos que deben ser incorporados en el informe de las finanzas partidarias correspondiente al mes de enero de 2022.
“Entre los elementos informativos omitidos y descritos en las circulares DFPP-C-002-2015, y DFPP-C-012-2021, se encuentran los siguientes: el reporte de contribuciones, los estados de todas las cuentas bancarias, la copia certificada del auxiliar de la cuenta bancaria para donaciones, el registro mensual de colocación de certificados, la totalidad de los registros auxiliares que dan soporte a la contabilidad y los libros contables legalizados o sus respectivas copias.
“La sola omisión de entrega puntual o completa de esa documentación, habilita a la Administración Electoral al inicio del respectivo procedimiento sancionatorio, sin que sea necesario, como paso previo, realizar un apercibimiento a la agrupación para que cumpla con la entrega de la información omitida”, recordó el Tribunal al partido de Chaves.
Además, el órgano electoral le recordó al PPSD que el Código Electoral prevé penas que van desde dos a cuatro años de prisión, en caso de que el tesorero del partido prevenido no presente el informe solicitado, o bien, que lo envíe de forma incompleta o tardíamente sin justificación válida.
En tiempos de campaña, los partidos deben entregar al Tribunal los estados financieros de manera mensual, con la intención de que la ciudadanía conozca de dónde proviene el financiamiento de cada partido, por un asunto de transparencia.
En el estado financiero correspondiente al mes de diciembre del 2021, la campaña de Rodrigo Chaves reportó que había colocado bonos de deuda política por ¢88 millones con tasas de descuento de hasta el 40%.
La diputada electa, Pilar Cisneros, adquirió bonos con ese descuento. Pagó ¢7,8 millones por los certificados valorados en ¢13 millones. Debido a la cosecha de votos del PPSD en la primera ronda electoral, la futura legisladora obtendrá ¢5,2 millones adicionales al monto que invirtió.
Investigación por financiamiento privado
También en diciembre de 2021, el Tribunal Supremo de Elecciones decidió abrir una investigación preliminar, sobre el origen del dinero que financió la campaña de Rodrigo Chaves durante parte del 2021 y al margen de las finanzas del PPSD.
Tanto el aspirante presidencial como su entonces candidata a diputada por San José, Pilar Cisneros, se han negado a decir públicamente quiénes aportaron dinero a un fideicomiso privado que habría cubierto gastos como anuncios televisivos y vallas publicitarias, al menos entre julio y setiembre del año pasado.
El Código Electoral establece que el financiamiento de origen privado a los partidos políticos, tendencias y precandidaturas debe ser público. También faculta al TSE a realizar auditorías sobre la fuente de esos recursos.
Al respecto, el artículo 123 señala: “Toda contribución debe ser individualizada y quedar registrada en el momento de su recepción, mediante comprobante bancario o recibo oficial expedido por el partido político, en este caso firmado por el donante o contribuyente. Tales donaciones o contribuciones no podrán recibirse si son anónimas. Solo podrán realizarse depósitos en forma personal e individual, de manera que se acreditará como depositante a la persona que realice la gestión bancaria en forma directa, salvo en los casos en que el partido político titular de la cuenta acredite fehacientemente la identidad de los contribuyentes”.
La legislación electoral costarricense también prohíbe que estructuras paralelas al partido político financien gastos proselitistas electorales. Es decir, todos los recursos deben canalizarse a través de la agrupación política del candidato. “Ninguna persona o grupo de personas podrá realizar gestiones en este sentido a beneficio del partido político sin la debida autorización de este”, señala el artículo 126.