Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia declararon que sí incidiría en la organización y el funcionamiento del Poder Judicial el proyecto de ley que equipararía los aportes del Estado, en su calidad de patrono, a los regímenes de pensiones.
El plan reduciría gradualmente la cotización patronal para las pensiones del Poder Judicial de un 14,36% a un 5,75% de cada salario en un plazo de 35 años, a partir del momento en que las jubilaciones en curso estén financiadas.
En el caso del Régimen de Capitalización Colectiva del Magisterio, el aporte bajaría de un 6,75% a un 5,75% en diez años. La idea es equiparar todos los aportes del Estado con los que hacen los patronos al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
El criterio del Poder Judicial se aprobó el lunes 26 de junio en la sesión de Corte Plena, a raíz de una consulta de los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, que tramita el proyecto presentado por la jefa del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), Pilar Cisneros.
Si bien la Constitución Política exige el voto de 38 de los 57 diputados para que la Asamblea Legislativa se aparte de un criterio de este tipo, la discusión no se agota con lo resuelto por los magistrados de la Corte Plena. Eventualmente, le correspondería a la Sala Constitucional determinar si el proyecto requiere, o no, de mayoría calificada, en caso de que el tema llegue a esta instancia y le sea consultado.
Argumentos de la Corte
El director jurídico del Poder Judicial, Rodrigo Campos Hidalgo, argumentó que el plan carece de estudios actuariales que puedan determinar el impacto, a largo plazo, en las finanzas del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
Agregó que varios artículos permitirían a la Junta Administradora del Fondo de Pensiones y Jubilaciones cambiar condiciones de jubilación que solo pueden hacerse por vía de ley. Tal es el caso de incrementos en los aportes de los trabajadores, requisitos para pensionarse, definición de los aumentos por costo de vida y valoración de las pensiones por sobrevivencia
Con esas observaciones coincidió la Procuraduría General de la República.
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La Corte también cuestionó la eventual carga que se trasladaría a la población trabajadora activa para recuperar los recursos que se dejarían de percibir por concepto de cuota patronal. Alegó que el proyecto “provocaría a largo plazo un desequilibrio”.
“Se consideró que el texto del proyecto no contempla la regulación de los derechos adquiridos de las personas trabajadoras y de las situaciones consolidadas, frente al impacto de la reforma que se pretende”, comunicó el Poder Judicial.
En la discusión, se abstuvieron de participar los magistrados de la Sala Constitucional, debido a la posibilidad de que en el futuro tengan que analizar alguna acción judicial sobre este proyecto. Participaron magistrados constitucionales suplentes.