Los partidos Renovación Costarricense y Fuerza Democrática, de Camilo Rodríguez y Viviam Quesada, quedaron fuera de las elecciones nacionales del 2022 porque incumplieron los requisitos exigidos en el Código Electoral para que las agrupaciones políticas postulen candidatos.
Las faltas obligaron al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a rechazar irrevocablemente la inscripción de los periodistas Rodríguez y Quesada, quienes aspiraban a ser candidatos presidenciales, por lo que ahora en la papeleta habrá 25 aspirantes y no 27, como se creía desde el inicio.
Ambas banderas políticas también desaparecerán de las papeletas a diputado por el mismo motivo.
Andrei Cambronero, letrado del órgano electoral, explicó que las faltas de ambos partidos están relacionadas con una excepción que aprobaron los actuales diputados en el contexto de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
Cada cuatro años, los partidos deben renovar todos sus comités cantonales, provinciales y nacionales mediante elecciones internas. Sin ello, las agrupaciones no pueden designar candidatos presidenciales ni diputadiles.
Sin embargo, para esta ocasión, la Asamblea Legislativa prorrogó la vigencia de las asambleas nacionales de los partidos activos que no habían iniciado el proceso de renovación de estructuras.
La norma señala que, “durante la fase de revisión de las solicitudes de inscripción de postulaciones, se entenderá que la vigencia de su asamblea superior quedará prorrogada en los casos de los partidos que no hayan iniciado su proceso de renovación de estructuras a la hora de inscribir las candidaturas para el proceso electoral 2022″.
No obstante, en el caso de Fuerza Democrática, que designó a Viviam Quesada como aspirante presidencial, el partido no tenía una estructura activa que pudiese acogerse a la prórroga. Era un partido inactivo, en otras palabras. Por esta razón, de acuerdo con el TSE, esa agrupación sí estaba obligada a renovar sus estructuras antes de elegir sus candidaturas.
“No podía aplicar el transitorio porque no tenía estructura vigente y los intentos que hizo por restaurar sus estructuras fueron infructuosos y el Tribunal hace ver cómo, en diversos momentos de este diligenciamiento que tuvo el partido de las diversas etapas, se le fueron señalando inconsistencias que la agrupación no solventó”, afirmó Cambronero.
Por el contrario, el Partido Renovación Costarricense (PRC) de Camilo Rodríguez, sí tuvo la oportunidad de acogerse a la prórroga. No obstante, de acuerdo con el órgano electoral, la Asamblea Nacional de esa agrupación sesionó fuera del tiempo máximo permitido y, cuando lo hizo, la conformación de estructura partidaria ya estaba vencida.
El transitorio establecía la posibilidad de que el partido, aun cuando no renovara sus candidaturas, podía designar a sus candidatos siempre y cuando esa selección de aspirantes se hiciera con las estructuras vigentes.
“En el caso del Partido Renovación Costarricense, se había comprobado que el partido tenía estructuras vigentes hasta el 22 de setiembre, pero realizó la Asamblea hasta el fin de semana del 2 de octubre, de forma tal que habían pasado 10 días desde el vencimiento de la estructura, por lo cual no había delegados con facultades suficientes para hacer esa designación”, afirmó Cambronero.