El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz, criticó el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, este miércoles, durante una audiencia virtual en la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa.
El magistrado aseguró que, tal como está planteada actualmente la iniciativa legal, genera varias violaciones a la independencia judicial y, además, vacía de contenido toda la normativa sobre los servidores judiciales.
“Lo que ahora se plantea va a contrapelo de la orientación política que se dio a partir de 1948 y refuerza el empoderamiento del Ministerio de Planificación (Mideplán) frente al Poder Judicial”, afirmó Cruz Castro.
De acuerdo con el jerarca de la Corte Plena, no es posible que el Mideplán se convierta en una especie de rector o contralor del Poder Judicial en materia de empleo, pues ello “ignora los órganos de gobierno judicial, como la Corte Plena y el Consejo Superior”.
Que el Poder Judicial se someta a Planificación hace surgir, según el magistrado presidente, la interrogante constitucional sobre esa posibilidad de que un órgano del Poder Ejecutivo gire directrices o reglamentos que sometan a la Corte.
Para enfatizar su idea sobre la independencia judicial, Fernando Cruz hizo alusión a palabras del constitucionalista Rubén Hernández, específicamente a que la normativa le permite al Poder Judicial nombrar su propio personal y determinar el monto de su remuneración.
“El objetivo del legislador fue establecer una relación estatutaria particular para las personas del Poder Judicial, con el fin de fortalecer esa independencia”, dijo Cruz, quien añadió que esa independencia no aplica únicamente sobre las decisiones, sino también sobre su administración.
Incluso, Fernando Cruz hizo suyas varias críticas del departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de ley, cuando aseguró que el proyecto es omiso y confuso en su marco normativo, específicamente sobre la relación entre la nueva normativa y las regulaciones preexistentes.
Entre esas normas estaría la Ley Orgánica del Poder Judicial.
“Surge la interrogante de si se estaría derogando tácitamente la normativa anterior o si se mantiene vigente y aplicable”, enfatizó Cruz.
El problema, agregó, es que el artículo 44 del proyecto de ley establece que esa normativa es de orden público y deroga todas las disposiciones que se le opongan.
“De ser así, el proyecto vaciaría de contenido el Estatuto del Servicio Judicial, la Ley de Salarios del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Poder Judicial”, advirtió Cruz.
El plan de empleo público lo que pretende es establecer salarios competitivos, sin necesidad de pluses, para los futuros funcionarios públicos, con el fin de evitar un crecimiento desmedido del gasto.
Violación a reserva de ley
En su intervención, Fernando Cruz manifestó que el proyecto contiene una violación a la reserva de ley en materia del Poder Judicial, pues la Constitución Política dice que la Corte está sometida a la Constitución y las leyes, pero “esta ley somete al Poder Judicial a los reglamentos dictados por el Ejecutivo”.
El magistrado también manifestó que ajustar la población de servidores judiciales a las familias salariales que propuso la ministra de Planificación, Pilar Garrido, genera muchas complicaciones.
Particularmente, detalló que no se puede considerar a los forenses como servidores en funciones de ciencias de la salud, ni tampoco meter en el mismo caso la policía judicial, que es represiva, con las policías del Ejecutivo.
“La regulación de familias es pobre y se entiende en el ejercicio de la potestad reglamentaria. Entonces, por vía de reglamento, un ente del Ejecutivo va a regular servicios del Poder Judicial”, enfatizó Fernando Cruz.
Entre sus recomendaciones, el presidente de la Corte dijo que se debería analizar la capacidad operativa del Mideplán para asumir las potestades que el plan le daría y el impacto presupuestario de la creación de plazas en ese ministerio.
“La amplitud subjetiva es tan grande que podría significar un aumento del gasto o dificultar y trabar procesos institucionales (...), También, hay que valorar los riesgos para el sistema democrático de darle amplias potestades del ministerio respecto de órganos que controlan la función administrativa”, concluyó Cruz.