Las convenciones colectivas que se aprobaron o que se negocien después de la entrada en vigencia de la reforma fiscal no pueden reconocer más de ocho años de cesantía.
Un dictamen de la Procuraduría General de la República (PGR) confirma que este tipo de convenios debe respetar lo que establece la Ley de Salarios Públicos, legislación recién reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, vigente desde el 4 de diciembre anterior.
El artículo 39 de dicha ley establece que la indemnización por concepto de auxilio de cesantía “no podrá superar los ocho años”, apegado a lo que indica el Código de Trabajo.
La Procuraduría se refiere a las nuevas convenciones colectivas porque las que estaban vigentes antes de la reforma pueden reconocer hasta 12 años de cesantía, por un transitorio que estableció la ley.
“En lo concerniente al tope del auxilio de cesantía, será con base en lo dispuesto por la actual Ley de Salarios de la Administración Pública que deberá ejercerse el control de legalidad administrativo que implica la homologación de convenciones colectivas suscritas en el sector público”, concluye el procurador Luis Guillermo Bonilla en el pronunciamiento C-232-2019, del 15 de agosto de este año.
Esa homologación está a cargo del Ministerio de Trabajo (MTSS); se trata de un proceso que culmina con la aprobación de los convenios colectivos en el sector público. Es una revisión que vela para que las convenciones colectivas cumplan con el marco legal vigente.
La respuesta de la Procuraduría se dio a raíz de una consulta del ministro de Trabajo, Steven Núñez, quien tenía dudas sobre la aplicación del tope de cesantía a la hora de homologar las convenciones colectivas del sector público, luego de la sentencia de la Sala Constitucional que ordenó ese límite en 12 años en la convención colectiva del extinto Bancrédito.
Un criterio jurídico del MTSS rechazó la posibilidad de aplicar el tope en las homologaciones.
Sin embargo, tanto la consulta como el criterio fueron elaborados antes de entrar en vigencia la reforma fiscal.
En vista del impacto del plan fiscal sobre la cesantía, la Procuraduría valoró que lo legalmente establecido es aplicar el tope que impuso esa ley.
Además de confirmar el tope, el dictamen de la PGR advierte que la labor del MTSS no es solo revisar si lo pactado infringe las normas mínimas establecidas, sino que debe garantizar su legalidad, “su conformidad sustancial con el ordenamiento jurídico".
Violación a la reforma fiscal
Pese a su obligación por hacer cumplir la reforma fiscal en estos pactos, el Ministerio de Trabajo avaló, entre enero y febrero de este año, cuatro convenciones colectivas del sector municipal que incluyen cesantías superiores al tope de ley, incluso de hasta 20 años, luego de la entrada en vigencia de la reforma fiscal.
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Los beneficiados con esas concesiones son los trabajadores de las municipalidades de La Unión (Cartago), San Ramón (Alajuela), Desamparados y Pérez Zeledón (San José).
Para la PGR, en dichas convenciones se pactaron distintas cláusulas en “franca violación” a lo dispuesto por la reforma fiscal.
El Ministerio de Trabajo calificó estas homologaciones como un error y abrió procedimientos disciplinarios contra los funcionarios que avalaron estas condiciones contrarias a la Ley.