Un proyecto de ley, dictaminado afirmativamente en marzo pasado, permitiría la minería metálica a cielo abierto, advirtió la Procuraduría General de la República (PGR).
En un informe enviado al Congreso, la PGR objetó el proyecto 21.584 por considerar que este atenta contra el derecho a un ambiente sano. El plan se denomina “Ley para el desarrollo social mediante la regulación de la actividad minera”.
Según la iniciativa de ley, se habilitarían licencias para que se extraigan metales como oro y plata de los diferentes yacimientos que hay en el país, como los de Crucitas, en la zona norte, donde actualmente se extrae oro ilegalmente.
El plan también estipula que todos los daños al ambiente y la contaminación generada por las personas físicas o jurídicas que sean concesionadas para realizar explotación minera sean cubiertos por el Estado, el cual utilizaría ingresos tributarios para financiar las reparaciones.
“Uno de los puntos que debe reiterarse es que el proyecto de ley implicaría una disminución del nivel de protección o tutela ambiental vigente, pues plantea derogar el artículo 8 bis del Código de Minería, según el cual no es posible otorgar concesiones para actividades de exploración y explotación de minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional”, detalló el ente procurador.
El criterio de la PGR indica que el proyecto avalaría la explotación de minerales metálicos bajo la modalidad superficial en mediana o pequeña minería.
Al respecto, el abogado del Estado explicó que Sala Constitucional ya se ha referido a la prohibición de otorgar concesiones para minería metálica a cielo abierto, por considerar que “responde a una preocupación objetiva y justificada de proteger el medio ambiente aparece sustentada en la aplicación de los principios preventivo y precautorio, frente a una actividad calificada de riesgosa para el ambiente y la salud”.
El proyecto, presentado por los exdiputados liberacionistas María José Corrales y Jorge Luis Fonseca, recibió dictamen afirmativo en la Comisión de Asuntos Sociales, lo que le permite avanzar al plenario.
Sobre los posibles costos que generaría para las arcas públicas la afectación del medio ambiente, la Procuraduría aseveró que “no resulta procedente que se traslade al Estado el costo de la reparación de los daños causados por un permisionario o concesionario, sino que deberían preverse mecanismos adecuados, como la ejecución de una garantía ambiental”.
La PGR también alertó sobre una posible vulneración a humedales, zonas protectoras y “todo el patrimonio natural” del Estado, ya que el texto, en su artículo 4, sostiene que solo se prohibiría la extracción en parques nacionales, reservas biológicas, reservas forestales, y refugios estatales de vida silvestre, dejando un portillo para que se efectúe minería a cielo abierto en las zonas que no menciona el plan.
Asimismo, el órgano procurador resaltó que, para realizar cualquier modificación a un régimen de protección de un recurso natural que implique una reducción al nivel de protección, se necesitan criterios técnicos que respalden la decisión.
Por otra parte, sugiere modificar el concepto de “derechos de superficie” y reemplazarlos por un canon, pues el proyecto hace referencia al pago que le corresponde al concesionario como contraprestación y la legislación costarricense no reconoce el derecho de superficie.