Este lunes se publicó en el diario oficial, La Gaceta, la recién aprobada reforma a la Ley General de la Persona Joven, aprobada en la Asamblea Legislativa el mes pasado y en la que algunos grupos estiman que iba un portillo para la unión legal entre personas del mismo sexo.
Originalmente esta legislación no estaba planteada para dar derechos a las personas homosexuales, pero una moción del diputado del Frente Amplio, José María Villalta, se incorporó al proyecto que aprobaron 45 diputados.
Sin embargo, hay juristas que niegan tal posiblidad, al estimar que existe legislación que no fue derogada y que impide aplicar esta ley para la unión de parejas del mismo sexo.
La ley fue firmada el 4 de julio por la presidenta Laura Chinchilla y los cambios rigen a partir de hoy. Al parecer algunos activistas a favor de derechos de parejas homosexuales ya tramitan beneficios.
Con lo publicado hoy se adiciona un nuevo inciso al artículo 4 de la Ley N.º 8261, Ley General de la Persona Joven, del 2 de mayo de 2002, y sus reformas.
Se trata del inciso "m" que estipula: "El derecho al reconocimiento, sin discriminación contraria a la dignidad humana, de los efectos sociales y patrimoniales de las uniones de hecho que constituyan de forma pública, notoria, única y estable, con aptitud legal para contraer matrimonio por más de tres años".
Añade que para estos efectos serán aplicables, en lo compatible, los artículos del 243 al 245 del Código de Familia, Ley N.º 5476, del 21 de diciembre de 1973, y sus reformas.
La nueva legislación también establece que en cada municipalidad se conforme un comité cantonal de la persona joven.
Otro cambio es en cuanto a la vigencia del periodo de las tres personas jóvenes representantes ante la junta directiva del Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven, a quienes se les vence el período al entrar en vigencia esta ley.
Un transitorio establece que el que obtenga mayor número de votos estará por dos años y los otros dos por un año.