El sector público percibirá un ahorro promedio de hasta un 1,8% del producto interno bruto (PIB), por año, si los diputados aprueban el proyecto de ley de reforma al empleo público.
Así lo expone un nuevo cálculo elaborado por el Ministerio de Planificación (Mideplán), el cual midió el impacto que tendrá el proyecto, en las finanzas estatales, con los cambios más recientes que se le incorporaron a la iniciativa.
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El estudio estimó el impacto a lo largo de 30 años, bajo el supuesto de que la reforma al empleo público entre a regir en el 2022.
De acuerdo con el cálculo, en la primera década el sector público tendrá un ahorro anual promedio equivalente a un 1,31% del PIB.
Para los siguientes diez años, el porcentaje subiría a un 1,72% de la producción y, para la tercera década, equivaldría a un 1,46% del PIB.
El ahorro empezaría con poco más de un 0,8% del PIB en el primer año de vigencia de la ley y alcanzaría su máximo potencial en el año 23, con casi un 1,8% de la producción.
El PIB varía cada año, según las condiciones económicas del país.
En el 2019, antes de la pandemia, por ejemplo, un punto del PIB equivalía a casi ¢363.000 millones. Un 1,8% del PIB de ese año representaba ¢653.000 millones.
Como referencia, el costo de ampliar la ruta 27, con nuevos pasos a desnivel y más carriles, está estimado en ¢400.000 millones.
Economía vendría de dos flancos
Para llegar al cálculo global del ahorro, el Mideplán cuantificó el efecto en dos frentes: el Gobierno Central y el resto del sector público.
En el primer caso, el del Gobierno Central, se incluyen ministerios, órganos desconcentrados y poderes de la República.
En tanto, el resto del sector público está conformado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), las universidades, las restantes instituciones autónomas, semiautónomas y adscritas a autónomas, así como las empresas públicas que no están en competencia y los gobiernos locales.
Los mayores ahorros se producirán en el Gobierno Central. En la primera década, por ejemplo, el ahorro será de un 0,8% del PIB en este sector, mientras que, en el resto del Estado, será de un 0,51%.
En la segunda década, la economía sería del 0,94% de la producción en el primer sector y de un 0,79% en el segundo.
En el caso del Gobierno Central, el principal respiro para las finanzas públicas provendría de los ministerios.
En cuanto al resto del sector público, el ahorro más importante se generaría en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), donde se alcanzaría el equivalente a un 0,43% del PIB en la segunda década.
La iniciativa de ley
El proyecto de ley de reforma al empleo público (expediente 21.336) propone sustituir el actual sistema de pluses salariales de los empleados públicos por uno de salario global.
En diciembre pasado, el Mideplán elaboró un primer cálculo del impacto económico del proyecto, pero en ese momento, una de las grandes preguntas era qué pasaría con los funcionarios públicos actuales cuyos sueldos queden por debajo del futuro salario global.
Haberlos pasado de inmediato habría costado ¢32.000 millones anuales.
Al final, los legisladores acordaron que a estos funcionarios, unos 28.000 en total, se les mantendrá el sistema de pluses hasta que alcancen el sueldo global.
En cuanto a los empleados públicos cuyo salario actual supere el salario global, se les congelará el crecimiento de los pluses y recibirán incrementos por costo de vida cuando la deuda pública baje del 60% del PIB, según lo establece la regla fiscal.
La regla fiscal es un mecanismo que impone un tope al gasto corriente del Gobierno Central, lo que incluye salarios, transferencias y pago de intereses. Fue introducido por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9635) o reforma fiscal.
“Los funcionarios actuales, que perciben un salario compuesto inferior al salario global, se trasladan al salario global en sintonía con la regla fiscal, lo cual es viable, ya que la regla fiscal permite que las personas servidoras públicas sigan recibiendo anualidades; por lo cual, quienes tengan un salario compuesto menor al salario global seguirán acumulando anualidades hasta que ambos salarios (compuesto y global) se equiparen. El incremento por costo de vida se sujetaría a los escenarios establecidos por la regla fiscal”, dicta la estimación de Mideplán.
Otro de los cambios introducidos en el texto fue la exclusión de las empresas públicas en competencia, salvo en lo relativo a la negociación colectiva, así como al cuerpo de Bomberos.
El expediente 21.336 contiene los parámetros sobre cómo se debe elaborar el salario global para los distintos grupos de funcionarios públicos.
La metodología para ello la implementará el Mideplán, y el salario lo fijaría esta entidad en conjunto con la Dirección General del Servicio Civil y la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda.
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