La regente forestal Marlen Camacho Calvo cambió en cuestión de tres meses su criterio sobre la presencia de bosque en las dos fincas del empresario Allan Pacheco Dent, donde la Fiscalía presume que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) otorgó, de manera ilegal, un permiso de tala.
Camacho Calvo fue la encargada de realizar el inventario de árboles por cortar en ambas propiedades, ubicadas en Gandoca-Manzanillo, en el cantón de Talamanca. Primero dijo que el 66% de esos terrenos tenía bosque, pero después negó la existencia de ese tipo de ecosistema en una de las fincas.
Así consta en documentos incluidos en el expediente N.° AC-AC03-IF-00126-2023, mediante el cual se tramitó el permiso de tala ante Sinac, bajo la modalidad de inventario forestal. Para obtener la autorización, la Ley Forestal y reglamento exigen que no haya cobertura boscosa, algo que no se cumplía en el caso de los dos terrenos de Pacheco Dent.
Inicialmente, en noviembre del 2023, la especialista en Ciencias Forestales señaló que una de las dos propiedades tenía 7 hectáreas (ha) con cobertura boscosa y otras 5,2 hectáreas con repastos. También indicó que el otro terreno, de 3,1 hectáreas, estaba cubierto en su totalidad por bosque.
Lo anterior quiere decir que de las 15,3 hectáreas que, en conjunto, miden esas propiedades un total de 10,1 hectáreas estaban colmadas con árboles (el 66%). Sin embargo, tres meses después, el 26 de febrero del 2024, Camacho Calvo modificó su criterio.
En un nuevo documento enviado al Sinac, consignó que la primera de las fincas, la que mide 12,2 ha, no tenía cobertura boscosa, sino que mantenía “una cobertura de pastizales arbolados en toda su extensión”. Mientras que en la segunda, sí reconoció que se encontraba “totalmente cubierta por cobertura boscosa”.
Con este cambio de la redacción, en cuestión de tres meses desaparecieron 7 hectáreas de bosques. La Ley Forestal establece en el artículo 3, inciso 9, que dos hectáreas es la cifra mínima requerida para considerar que existe bosque en una propiedad. Esta es una característica que, según el primer inventario forestal, cumplían las dos fincas de Pacheco Dent.
Ante consultas de La Nación, la regente forestal reconoció el cambio de criterio, pero alegó que eso era normal: “Hice un trabajo más fino del que había hecho anteriormente, busqué fotografías o imágenes satelitales digamos, de mejor calidad o donde se viera mejor el potrero”.
Los hechos, uno a uno
El trámite comenzó el 21 de noviembre del 2023, cuando Allan Pacheco Dent, como representante legal de la firma Playa Manzanillo S. A. —propietaria de las fincas 7-48141 y 7-59699—, presentó una solicitud al Sinac para talar 94 árboles. Entre la documentación que presentó, incluyó un informe técnico de Camacho titulado: “Inventario de árboles para descuaje de camino público”.
Pacheco explicó que necesitaba realizar la corta para construir un camino público de 1,2 kilómetros de largo y 14 metros de ancho, el cual pretendía donar a la Municipalidad de Talamanca, para que se declarara como calle pública.
La regente, por su parte, detalló en su informe que los 94 árboles pertenecían a 22 especies y que serían aprovechados en aserraderos de Talamanca y Limón.
Posteriormente, tres peritajes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) confirmaron que las dos fincas del empresario están cubiertas en un 85% por humedales. Además, al menos 4,6 hectáreas contienen bosque. Esas dos características hacían imposible que el Sinac otorgara la autorización para talar bajo la modalidad de inventario forestal.
10 inconsistencias en primer informe
Inicialmente, la documentación aportada para pedir el permiso de tala fue revisada por el subjefe regional del Sinac en Limón-Talamanca, Donald Campbell Lindo. Sin embargo, el 12 de diciembre del 2023, este delegó el expediente para su evaluación a Alexis Salas Rodríguez, coordinador del Programa Prevención, Control y Protección.
Tras revisar los documentos, el 16 de febrero anterior, Salas Rodríguez emitió el oficio N.° SINAC-ACLAC-SLT-012-2024, señalando varias “inconsistencias en el documento técnico de inventario forestal”.
En específico, identificó 10 inconsistencias principales, incluyendo la ausencia de una constancia de “no bosque” y la falta de especificación del área de aprovechamiento. También resaltó que Camacho no había detallado el área de protección de un cuerpo de agua en la propiedad, ni proporcionado la fórmula para calcular el volumen de los árboles inventariados.
Consignó, además, que cinco días antes había visitado las fincas y observado que había varios árboles marcados para su tala que no se mencionaban en el inventario forestal.
Salas Rodríguez agregó que para la construcción del camino se solicitaba la tala de 94 árboles, excediendo el límite permitido por el decreto N.° 38863-MINAE, “que permite solo tres árboles por hectárea en áreas efectivas de finca, después de descontar las áreas de protección y bosque”.
El cambio de criterio
Tras recibir esas observaciones, el 28 de febrero del 2024, la regente Camacho presentó un nuevo documento cambiando su criterio sobre la primera finca, la de 12,2 hectáreas. “Se adjunta constancia de no bosque para la finca 4-48414-000, dado que la misma mantiene una cobertura de pastizales arbolados en toda su extensión”, consignó.
“(...) He realizado el marcaje de 25 árboles ubicados en aproximadamente 10,5 ha de terrenos cubiertos por pastizales arbolados en la finca arriba descrita. Los 25 árboles se marcaron con el propósito de aclarar (descuajar) el camino interno de la finca”, detalló.
Recalcó que “el área donde se realizó el inventario no corresponde a áreas de bosque ni parte de este, según la definición de la Ley Forestal 7575″ y que “ninguno de los árboles se encuentra en una zona de protección ni son especies vedadas o restringidas por norma expresa”.
Para sustentar su cambio de criterio y evidenciar que se trataba de potreros arbolados, la regente adjuntó una imagen de Google Earth, pero obvió justificar técnicamente por qué no se debía tomar como válido el mapa del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo) 2000, donde se indica que las fincas, en su totalidad, están “bajo la denominación de cobertura boscosa”.
Pese a esos dos criterios antagónicos, el 14 de abril del 2024, Campbell Lindo firmó el permiso para la tala de 29 árboles, mediante la resolución N.° 011-2024-ACLAC-SLT, con una vigencia de seis meses.
‘Se trata de una diferencia entre ella misma’
Los documentos sobre el trámite del permiso de tala ante el Sinac forman parte del expediente judicial N.° 24-00003-1851-PE.
En esa causa, Pacheco Dent, Camacho Calvo, Campbell Lindo, Salas Rodríguez y otra funcionaria del Sinac, de apellidos Cruz Torres, figuran como imputados por los presuntos delitos de falsedad ideológica, prevaricato, influencia en contra de la Hacienda Pública, cambio de uso de territorio de bosque, apertura de trocha en terrenos con bosque y drenaje de humedal.
En el expediente, el coordinador de la Fiscalía Adjunta Ambiental, Luis Diego Hernández Araya, cuestionó fuertemente el cambio de criterio de la regente forestal. Afirmó que no se trata de una diferencia de criterios profesionales entre Camacho Calvo y los peritos judiciales, sino que “se trata de una diferencia entre ella misma”.
“¿A cuál de los dos documentos emitidos por Camacho Calvo darle credibilidad? ¿Al que manifestó inicialmente que sí existían siete hectáreas de bosque o al que, después de advertirle que solo podía talar tres árboles por hectárea en terreno sin áreas de protección y bosque, desapareció por arte de magia esas siete hectáreas de bosque?”, cuestionó Hernández.
“Estas circunstancias acreditan la existencia del actuar doloso de Camacho Calvo y de los funcionarios públicos que no advirtieron estas inconsistencias y, contrario a ello, determinaron que todo se encontraba bien para dar el aval para el aprovechamiento forestal”, agregó.
LEA MÁS: Peritajes del OIJ: 85% de fincas de Pacheco Dent corresponden a humedales
Rodrigo Chaves defendió permisos
En conferencia de prensa del pasado 17 de julio, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, negó que hubiese alguna irregularidad en los permisos de tala otorgados o que le debiera un favor a alguien.
Con respecto al empresario Pacheco Dent, el mandatario dijo: “Don Allan vivió a la par de mi casa” y señaló que “este señor tiene desde generaciones atrás propiedades, muchísimo antes de que yo hubiese nacido, la familia, décadas”.
De seguido, cedió la palabra al jerarca del Ministerio de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, como rector del Sinac, a quien pidió ahondar en los permisos.
Según el jerarca, su cartera recibe unas 1.733 denuncias anuales por tala, de las cuales 1.300 se trasladan a la Fiscalía Ambiental para que sean investigadas en caso de alguna irregularidad (una tala sin permiso, por ejemplo).
Sin embargo, Tattenbach Capra insistió en aquella ocasión en que los vistos buenos dados a Playa Manzanillo S. A. están en orden. Aseguró que una investigación interna del Minae concluyó que cumplían con todos los procedimientos internos. El jerarca aseguró que los procedimientos y la metodología se siguieron como era debido.
Cinco días después, el presidente minimizó la tala en las fincas de Pacheco al argumentar que solo se cortaron 23 árboles.
“El escándalo con el que quieren distraer a la población, hablando de 23 árboles que se cortaron con permisos en una propiedad de 26 hectáreas, ese es el desastre ecológico que el Frente Amplio y todos esos gritan para distraerlo a usted del desastre verdadero que hay en Crucitas”, declaró el mandatario.
LEA MÁS: Chaves minimiza tala en Gandoca: cortaron 23 árboles