Política

Solo TSE puede consultar constitucionalidad de ‘ley jaguar’, aclara resolución de Sala IV

Si los diputados convocan a referéndum antes de aprobar la ‘ley jaguar’ en primer debate, renuncian a la posibilidad de consultar si contiene vicios de inconstitucionalidad, según el fallo de la Sala IV

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Un voto de la Sala IV, notificado este martes a la Asamblea Legislativa, aclaró que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) es el órgano facultado para consultar la constitucionalidad de la denominada “ley jaguar” que el Poder Ejecutivo pretende llevar a referéndum, en vista de que esta no ha sido aprobada en primer debate.








Esteban Oviedo

Esteban Oviedo

Editor de Política. Es bachiller en Periodismo por la Universidad Federada. Recibió el premio de La Nación como “Redactor del año” en el 2005, en el 2007 el premio Jorge Vargas Gené y en el 2022 el Premio Nacional de Periodismo Pío Víquez.

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