El presidente de la República, Rodrigo Chaves, afirmó que recibió numerosas llamadas de grupos empresariales preocupados por la sentencia de la Sala IV que avaló cobrar el impuesto de renta, a contribuyentes domiciliados en Costa Rica, sobre inversiones hechas en el exterior.
El mandatario dijo que, si bien no ha leído la sentencia, cree que no será la primera vez que tenga “una diferencia respetuosa de opinión con la Sala”.
Apenas un día antes, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, había rechazado impulsar un proyecto de interpretación auténtica para prohibir al Gobierno cobrar renta sobre las inversiones hechas afuera. Esa iniciativa de ley, que se opondría a la resolución de los magistrados, es solicitada por los partidos Liberal Progresista (PLP) y Unidad Social Cristiana (PUSC).
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“Me han llegado bastantes llamados de grupos empresariales e inversionistas criticando fuertemente la decisión de la Sala, porque alguna gente dice que la Sala está legislando; alguna gente dice que esto le quita certeza jurídica al marco de negocios de Costa Rica”, manifestó el presidente.
En la resolución 2022-023955 del 12 de octubre, conocida públicamente la semana anterior, la Sala IV determinó que, si una persona hace inversiones en el exterior con ingresos obtenidos en suelo costarricense, sí procede cobrar tributo sobre las ganancias.
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La sentencia declaró sin lugar acciones de inconstitucionalidad presentadas por los bancos Promerica, Lafise y BAC Credomatic, los cuales se quejaron de que el Ministerio de Hacienda les cobró impuesto sobre ganancias obtenidas en el extranjero.
De acuerdo con los magistrados, fue el propio legislador quien determinó gravar las ganancias de fuente costarricense, al aprobar la Ley del impuesto de renta. Entre las excepciones de la legislación, añade la Sala, no figura este tipo de ganancias por inversiones en el exterior.
Al respecto, Chaves dijo: “Sí me parece que lo importante es que la legislación, la creación de leyes y marcos jurídicos debe ser potestad absoluta del Congreso y la certeza jurídica es importante. Bajo esos dos principios, cuando tenga un chance voy a leer el fallo de la Sala”.
Sobre el proyecto de interpretación auténtica, el mandatario dijo que lo evaluaría con el ministro de Hacienda, Nogui Acosta.
El jerarca hacendario dijo que se oponía a ese proyecto porque la Unión Europea (UE), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Fondo Monetario Internacional (FMI) han recomendado a Costa Rica revisar la territorialidad del impuesto de renta, sin que implique aplicar renta mundial.
La propuesta del PLP y el PUSC busca aclarar, en el artículo 1 de la Ley del Impuesto de Renta, que solo serán gravadas las ganancias generadas en el territorio nacional, independientemente del origen de los bienes o capitales.
Si bien Chaves no secundó la posición de Nogui Acosta de no apoyar la interpretación auténtica, sí coincidió con el ministro de Hacienda en que el país se movería a un modelo de renta global en el que las personas tributarán sobre todas sus ganancias, en vez de hacerlo individualmente por cada ingreso, como lo hacen ahora.
En el proyecto de ley que se enviará a la corriente legislativa, coincidió Chaves, se introduciría una definición sobre la territorialidad del impuesto de renta.
“Dicho esto, si vamos a convocar o no esa interpretación auténtica, es un tema que tengo que discutir con el ministro de Hacienda, la jefa de fracción (oficialista, Pilar Cisneros) y la ministra de la Presidencia (Natalia Díaz)”, indicó el presidente.
El abogado constitucionalista Rubén Hernández, se refirió días atrás a la sentencia de la Sala IV. Dijo que los magistrados reformaron la ley del impuesto de renta vía interpretación, cuando su redacción es clara y no se tenía que evaluar nada.
“El artículo 10 del Código Civil habla de que las leyes se deben interpretar literalmente, es decir, conforme al sentido etimológico y gramatical que tienen. La Sala se inventó una interpretación contra texto expreso de la ley”, señaló.
Añadió que la resolución autoriza a la Administración Tributaria y a la Sala I, que conoce en casación la parte civil y comercial, a interpretar la Ley del Impuesto de renta, cuando esta es atribución exclusiva de la Asamblea Legislativa.
Los magistrados constitucionales negaron, en su sentencia, interpretar la legislación o haber modificado el tributo. Expusieron que cobrar renta sobre ganancias de inversiones en el extranjero no equivale a “un cambio de renta territorial por el criterio de renta mundial, por cuanto el legislador expresamente dispuso cuáles eran los ingresos gravables”.