El presidente de la República, Rodrigo Chaves, vetaría el proyecto de ley que eximiría a los funcionarios del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de las regulaciones salariales de la Ley Marco de Empleo Público y la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
La propuesta de ley fue presentada por la diputada Kattia Cambronero, del Partido Liberal Progresista (PLP), el pasado 27 de febrero. La intención es evitar la fuga de personal del OIJ. Los cambios pretenden beneficiar al personal técnico especializado, profesional, policial y jefaturas.
“Se los advierto de una vez, consigan los 38 votos, porque yo la voy a vetar, junto con la ministra de Planificación, doña Laura Fernández, porque ya eso es abuso”, indicó Chaves, durante una conferencia de prensa en Casa Presidencial.
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Chaves cuestionó que el proyecto se limite al OIJ y no cubra a todo el funcionariado del Poder Judicial. “Vean qué interesante”, agregó.
Por su parte, la diputada Cambronero manifestó que el presidente Chaves, “nunca ha tenido una posición positiva hacia cualquier proyecto de seguridad que haya planteado este plenario legislativo”.
“Qué lástima que no tenemos un presidente que busque el diálogo, el consenso y formas de cómo mejorar el problema de inseguridad en Costa Rica; más bien, todo lo contrario, lo que busca es la confrontación, el pleito y el reto”, agregó.
El expediente 24.191 cuenta con el respaldo de parlamentarios de los partidos Unidad Social Cristiana (PUSC), Nueva República (PNR) y Frente Amplio (FA).
La iniciativa de ley alega, en la exposición de motivos, que las salidas de personal del OIJ se han incrementado en los últimos cuatro años. Según el documento, se pasó de 36 renuncias en el 2018 a 97 en el 2022
De igual forma, el director del OIJ, Randall Zúñiga, informó el año anterior de que, entre el 2011 y el 2017, la entidad registró apenas siete renuncias, pero del 2018 hasta setiembre del 2023, perdió a más de 300 funcionarios.
¿Qué propone el proyecto?
El artículo 1 del proyecto de ley añadiría un inciso 3 al numeral 3 del título III de la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, para que, en adelante, la regulación remunerativa del personal del OIJ se rija por las disposiciones administrativas adoptadas por la jerarquía del Poder Judicial, así como a la legislación que regía antes de la entrada en vigencia de la norma.
En el numeral 2 de la propuesta, se agrega un inciso 24 al artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para incluir en el artículo 81 un nuevo incido 24. Ese habilitaría al Consejo Superior del Poder Judicial para crear beneficios remunerativos al personal del OIJ.
Finalmente, el artículo 3 incorpora un inciso d) al artículo 3 de la Ley Marco de Empleo Público, para excluir al OIJ de la aplicación de normativa, en lo relativo al capítulo VIII, sobre gestión de la compensación y los topes de vacaciones.
La Ley de Empleo Público es la que ordenó crear el salario global, en lugar del sistema de sueldo base más pluses.
De aprobarse el proyecto, se aplicaría lo regulado en la Reforma Integral a la Ley Orgánica del Poder Judicial y, para efectos de compensación del personal, las disposiciones administrativas del Poder Judicial.