La Sala Tercera resolvió, este miércoles, que el monto que deberá pagar el Partido Acción Ciudadana (PAC) por estafar al Estado deberá revisarse en un nuevo proceso judicial.
La sentencia inicial de este caso fue dictada en diciembre del 2016 por el Tribunal Penal de San José, el cual impuso una multa de ¢353 millones al Partido Acción Ciudadana (PAC) como condenado civil. La cifra subía a ¢600 millones con intereses y costas personales y procesales.
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En esa instancia, los jueces corroboraron que los líderes partidarios Minor Sterling y Manuel Antonio Bolaños cometieron un delito de estafa mayor, al tiempo que la estructura del PAC fue “negligente”, porque le cobraron al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) contratos de servicios especiales con dirigentes y militantes que, en realidad, ofrecieron su trabajo de forma gratuita, que brindaron un servicio distinto o que, del todo, no participaron.
Esos cobros se dieron luego de las elecciones nacionales de 2010.
Posteriormente, ante una apelación de la Procuraduría General de la República (PRG), el Tribunal de Apelación del I Circuito Judicial de San José elevó, en diciembre de 2017, la sanción económica a ¢516 millones al incluir 84 contratos falsos que fueron excluidos en la primera condena. El monto, en ese momento, subió a ¢819 millones sumando intereses y costas.
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En abril de este año, los magistrados de la Sala III aceptaron para estudio un recurso de casación del PAC contra el aumento del monto de la condena, y este 4 de setiembre, emitieron su decisión, según una comunicación del Poder Judicial de la cual La Nación tiene copia.
"Se anula parcialmente el fallo 1491-2017 de las 10:50 horas del 14 de diciembre del 2017, única y exclusivamente en cuanto varió el monto de la condena por concepto de daño patrimonial y las costas personales correspondientes al ejercicio de la acción civil resarcitoria, en relación con el tercero demandado civil", dice el fallo.
Según Erick Gatgens, abogado del PAC, el fallo anula el aumento en el monto de la condena. Ahora, con una conformación distinta, el Tribunal de Apelación deberá conocer de nuevo la apelación del ente procurador.
Tanto Gatgens como Randall Aguirre, procurador penal a cargo del caso, explicaron que ahora hay tres posibles escenarios:
El Tribunal puede admitir la apelación del ente procurador, fundamentar su decisión y ratificar el aumento a ¢516 millones. Otra posibilidad es que rechace el recurso de la PGR y deje la condena en los ¢353 millones dictados originalmente. O, el Tribunal de Apelación podría ordenar que el asunto se conozca en un nuevo juicio, en el que solo se debatiría sobre el monto de la condena.
La culpabilidad de Sterling, Bolaños y el PAC no será sometida a debate, pues se trata de un asunto en firme.
“La moneda está en el aire. Este tema no ha sido todavía resuelto en definitiva, jurídicamente lo que dice la Sala es que se tiene que volver a analizar el reproche que formuló la Procuraduría General y a partir de ahí pueden surgir varias decisiones judiciales que pueden llevar a que se aumente nuevamente, a que se rechace ese aumento, o pueden llevar a que el Tribunal Penal deba volver a conocer el punto”, explicó Aguirre.
Pugna por 84 contratos
Los 84 contratos falsos que en diciembre del 2017 se aumentara el monto de la condena contra el PAC serán el centro de la discusión que sostendrá el Tribunal de Apelaciones.
Según Aguirre, los jueces deberán determinar si dichos documentos se toman en cuenta o no para definir cuánto dinero tendrá que pagar el PAC.
El procurador explicó que en primera instancia se excluyeron porque quienes los firmaron no declararon en el juicio porque no pudieron ser localizadas, no quisieron declarar, se encontraban enfermas o ya habían fallecido. No obstante, la PGR considera que sí deben tomarse en cuenta.
“El tema no era de prueba testimonial. Eran los mismos contratos, el mismo modus operandi, eran montos iguales, era el mismo tipo de servicios especiales. Para nosotros no hay argumentos”, afirmó el procurador.
Mientras tanto, la defensa del PAC considera que el reclamo de la PGR debe rechazarse, por considerar que la sentencia de primera instancia fundamentó de forma correcta el monto de la condena.
Dichos argumentos los expondrán las partes en una vista que deberá programar el Tribunal Penal de San José.