La Sala III declaró sin lugar las acciones presentadas por los abogados del presidente Carlos Alvarado en contra de la forma en que fueron sustraídos los aparatos electrónicos personales del mandatario durante el allanamiento en Casa Presidencial.
La información fue confirmada por Rodolfo Brenes, uno los abogados del mandatario.
Los magistrados penales rechazaron las gestiones de la defensa el pasado 30 de octubre; sin embargo, la notificación llegó este jueves.
El 28 de febrero de este año, la fiscala general, Emilia Navas, recabó información en dispositivos y servidores del Gobierno durante un allanamiento a Casa Presidencial, con el objetivo de determinar si la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD) accedió a datos confidenciales de los habitantes.
Además, decomisó la computadora y el teléfono personal del mandatario.
Los abogados del presidente, Rodolfo Brenes y Róger Guevara, habían presentado dos gestiones por actividades procesales defectuosas con el objetivo de “resguardar el debido proceso”.
La primera de la gestiones señalaba que, al extraer información indiscriminadamente, la Fiscalía obtuvo “información que no está relacionada con la investigación de la UPAD y que es relevante para la seguridad nacional, las relaciones internacionales y la salud pública”.
La segunda gestión argumentaba que la orden judicial que autorizó el secuestro de los dispositivos de Alvarado “no se fundamentó adecuadamente, ni era estrictamente necesaria y proporcional”.
No obstante, los magistrados declararon sin lugar ambas acciones.
Brenes explicó que el objetivo de las acciones era señalar lo que ellos consideran una extralimitación de la Fiscalía, debido a que se autorizó el secuestro de la información de la UPAD y no información personal del presidente.
“Nosotros no tenemos objeción alguna, que se investiguen todos los hechos de la UPAD (...), pero creemos que es una extralimitación porque no solo se respaldó la información de UPAD, sino toda la información que tenía el señor presidente y eso nos parece que no era correcto, es peligroso”, agregó.
Además, los defensores alegaron que el Ministerio Público secuestró información de terceros que no son parte en el proceso.
“No existían fundamentos o motivaciones jurídicas para haber ordenado el secuestro de los celulares y la computadora del señor presidente. Lo segundo es que la orden que dio la Sala fue extralimitada”.
“Se extralimitó porque ordenaron secuestrar información relacionada con la UPAD e información las personas relacionadas con la UPAD, y nuestro criterio es que se secuestró infracción no relacionada con la UPAD y se investigó a personas no relacionadas con la investigación”, dijo Róger Guevara.
Agregó que, en los secuestros de información, no se siguieron las correctas prácticas forenses que garantizan una correcta cadena de custodia de la información.
Los abogados del presidente indicaron que las acciones se presentaron en la obligación de velar por el cumplimiento de las garantías procesales, por lo que están a la espera de leer y conocer a fondo las 40 páginas de la resolución, para hablar con su cliente.
“Lo que se pretende es que se justifique adecuadamente la estricta necesidad de secuestran esos equipos y se garantice el absoluto respeto de la Constitución y la ley”, indicaron meses atrás los abogados.