Los magistrados de la Sala IV avalaron la decisión del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de eliminar el sexo en la cédula de identidad desde mayo del 2018, luego de que una opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) llamó a reconocer sin discriminación alguna los derechos de las personas homosexuales.
Así se pronunció el tribunal constitucional al declarar sin lugar un recurso de amparo interpuesto por el abogado Allan Arburola Valverde.
Arburola alegó que la decisión del TSE lesionó su derecho fundamental a la identidad de la persona, así como los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Alegó que la información sobre el sexo “es un componente esencial del derecho fundamental a la identidad de la persona”.
Además, calificó de innecesaria y excesiva la medida, pues en su criterio “se le priva de la posibilidad de decidir si en su cédula de identidad desea o no que se consigne esa información”.
No obstante, los magistrados advirtieron de que, según el informe rendido por el presidente del TSE, Luis Antonio Sobrado, la supresión del dato tiene sustento legal en lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del TSE y Registro Civil.
Ese artículo dice: “La cédula de identidad contendrá la información necesaria, a juicio del Tribunal Supremo de Elecciones, para identificar, conforme a derecho, plenamente a su portador. Para confeccionar y emitir este documento, el Tribunal y el Registro Civil utilizarán las técnicas más avanzadas y seguras para la identificación personal”.
La Sala, entonces, concluyó: “De este modo, la Sala estima que el mencionado numeral faculta al TSE a establecer, en la cédula de identidad, la información que, a su juicio, resulte necesaria y apropiada para lograr los fines que persigue ese documento”.
“Desde esta perspectiva, como se trata de una facultad otorgada por el legislador, mediante una Ley de la República, no estima la Sala que la decisión del TSE resulte lesiva de derecho fundamental alguno, por lo que el amparo resulta improcedente”.
En el 2018, el Tribunal de Elecciones decidió que las personas podrían cambiar su nombre ante el Estado, y en la cédula de identidad, según el género autopercibido, es decir, el que cada quien considere.
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A la vez, anunció que eliminaría la anotación del sexo de nacimiento en la cédula de identidad, con el objetivo de evitar estigmatizaciones de las personas.
Según informó ameliarueda.com este mes de marzo, un hombre pidió 12 cédulas al TSE como protesta por la eliminación del sexo en la cédula.