La Sala Constitucional ordenó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) garantizar un suministro continuo y suficiente de agua potable a los vecinos de Hatillo, en San José. El Tribunal pudo acreditar que los vecinos han sufrido cortes “durante al menos 110 veces en lo que va del 2024″.
Así lo determinaron los magistrados a raíz de un recurso de amparo presentado por los diputados Alejandro Pacheco, Carlos Felipe García, Horacio Alvarado, Daniela Rojas y Vanessa Castro, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).
“En buena hora que la Sala acogiera este recurso interpuesto por la fracción Unidad. Este es un tema muy importante de derechos humanos que debe garantizarse para evitar desencadenar una crisis y afectaciones mayores para la calidad de vida de todos los ciudadanos”, declaró el diputado Alejandro Pacheco.
El reclamo de los legisladores, presentado el 19 de marzo pasado, es que ha habido una afectación notoria en el servicio de agua potable para el distrito capitalino de Hatillo, al punto que han sufrido suspensiones reiteradas y prolongadas, incluso de hasta 70 horas seguidas.
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“Tal situación altera gravemente los patrones de vida de los amparados, al punto que se han visto en la obligación de protestar públicamente”, puntualizaron los congresistas de la Unidad en su recurso de amparo.
Los socialcristianos expusieron que la afectación del servicio en ese distrito capitalino viene desde hace 15 años y que, pese a las reparaciones hechas por el AyA en la zona, el problema no se ha resuelto.
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“El desabastecimiento de agua se ha constituido en una alteración muy grave de los patrones de vida de los amparados. Por lo anterior, solicita la intervención de la Sala”, fue la gestión presentada por el PUSC.
En su sentencia del 5 de julio, los magistrados determinaron como probada una serie de hechos relacionados con averías en los sistemas de acueductos durante todo el primer semestre del 2024.
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Tal afectación, explica la resolución, se ha derivado de una serie de factores, tales como la contaminación de la planta potabilizadora de Guadalupe, así como interrupciones por cortes de electricidad, averías y fugas en algunos de los tubos de distribución del sistema.
Aunque la Sala reconoció que, en otros momentos, ha validado que el AyA aplique racionamientos de agua por motivos de fuerza mayor o causas fortuitas, los magistrados establecieron que la institución debe adoptar una serie de medidas para garantizar que la población tome las previsiones correspondientes, así como buscar alternativas para los vecinos no pierdan el acceso al agua.
Básicamente, Acueductos y Alcantarillados está obligada a hacer sus racionamientos de forma planificada para que se garantice la continuidad del servicio de agua, pues la institución reconoció que ha tenido que suspender en momentos diferentes a los racionamientos programados.
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Por ejemplo, la Sala IV determinó que ese tipo de situaciones se presentaron los días 10, 13 y 18 de febrero; 2, 18 y 21 de marzo, todos de este año, cuando los vecinos de Hatillo se quedaron sin agua potable por tiempos excesivos y sin tener conocimiento previo de los cortes.
El Tribunal Constitucional también ordenó que se hagan planes remediales para la distribución constante del agua, fijando un horario para ello, por medio de cisterna, lo que no está en los informes del AyA, dijo la Sala IV.
“Se constata que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados ha lesionado los derechos fundamentales de las personas amparadas, toda vez que no ha tomado las medidas necesarias para garantizarles la continuidad del servicio de agua potable y ante la aplicación de racionamientos no ha dispuesto ni ha cumplido un horario claro y previamente determinado, ni ha dispuesto el suministro por medio de camiones cisterna en horarios también previamente definidos”, sentenció la Sala Constitucional.