La Sala Constitucional condenó a la alcaldesa de San Carlos, Karol Salas Vargas, por remover a una funcionaria interina de su puesto como jefa de Catastro y, en su lugar, nombrar a otra persona también interina.
En su resolución del pasado 14 de setiembre, los magistrados consideraron que la alcaldesa violó el derecho a la estabilidad laboral, y le ordenaron restituir a la amparada a su puesto de manera inmediata. Además, el gobierno local sancarleño deberá pagar las costas, daños y perjuicios.
La funcionaria que presentó el recurso de amparo, quien es profesional en Topografía, explicó que laboró como interina en la Municipalidad de San Carlos desde el 1.° de julio del 2022 hasta el 1.° de mayo del 2023.
No obstante, debido a que la plaza de Jefatura de Catastro se encontraba vacante, el pasado 2 de mayo del 2023 ella fue nombrada en ese puesto hasta el 2 de junio, es decir, por un mes.
Apenas dos semanas después de asumir ese cargo, el 18 de mayo, la trabajadora municipal fue incapacitada por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) hasta el 28 de junio. El ayuntamiento sancarleño registró la incapacidad hasta el 2 de junio el 2023, fecha en que terminaba el nombramiento.
Fue en ese momento, mientras la jefa de Catastro se encontraba incapacitada, que la alcaldesa de San Carlos nombró a una nueva funcionaria en el cargo.
Salas justificó al órgano constitucional que realizó el nuevo nombramiento por la necesidad del municipio de continuar ofreciendo el servicio de Catastro.
Sin embargo, para los altos jueces este no es un argumento de peso que permita a la alcaldesa sustituir a una funcionaria interina por otra del mismo tipo.
“En efecto, se está ante una sustitución de interino por interino, sin que se aclare por parte de las autoridades que exista alguno de los supuestos de excepción”, detalla la sentencia.
Los magistrados explicaron los únicos supuestos de excepción bajo los cuales se podría nombrar a una persona interina en lugar de otra:
- Si la persona funcionaria fue nombrada por inopia.
- Si la persona funcionaria no cumple con los requisitos del puesto.
- Que se le sustituya por otra persona interina más idónea para ocupar el cargo.
Sin embargo, ninguno de estos supuestos se cumplió.
“La única justificación (de la alcaldesa Karol Salas), dada en términos sumamente genéricos, alude a que ‘debido a la incapacidad de la recurrente, donde dicha incapacidad trascendió hasta el último día de su nombramiento, existía una necesidad institucional eminente para nombrar a un profesional en el puesto de Jefe Municipal de Catastro’”, recalcaron los altos jueces.
Los magistrados destacaron que Salas se justificó en las necesidades de la corporación municipal, pero no analizó la situación laboral de la jefa de Catastro, quien para ese momento aún estaba incapacitada.
Agregaron que la gobernante local no emitió una justificación válida para asignar una nueva persona en el puesto interino.
Desde su criterio, de acuerdo con el adecuado proceder administrativo, Salas debió extender el nombramiento de la jefa interina de Catastro y, durante el tiempo que estuviera incapacitada, asignar a una nueva persona que asumiera su rol.
Por estos motivos, los magistrados constitucionales declararon con lugar el recurso, y ordenaron a la alcaldesa Karol Salas, y a la jefa de Recursos Humanos, Yahaira Carvajal, que restituyan a la amparada a su puesto de manera inmediata.
Asimismo, la Municipalidad de San Carlos fue condenada al pago de costas, daños y perjuicios. De no cumplir con la sentencia, Salas y Carvajal se exponen a una pena de prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa.
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