El proyecto de Ley Marco de Empleo Público no contiene vicios de inconstitucionalidad, ni por el trámite legislativo ni por el fondo, según resolvieron este martes los magistrados de la Sala IV. Con esta resolución, los diputados tienen luz verde para convertir en ley el plan que introducirá el esquema salario global en todo el sector público, en lugar del sistema de pluses, y que le pondrá límites a la negociación de convenciones colectivas.
Por mayoría, los magistrados declararon “inevacuables” las consultas planteadas por la Corte Suprema de Justicia y por un grupo de 20 congresistas. Únicamente, entraron a analizar la gestión hecha por otro grupo de 13 legisladores que pidieron declarar inconstitucional la votación en primer debate, 7 de diciembre, donde fue aprobada por 36 votos contra 8.
Se trata de legisladores de los partidos Unidad Social Cristiana (PUSC), Frente Amplio (FA), Integración Nacional (PIN), Restauración Nacional (PRN) y varios independientes. No obstante, los jueces descartaron las transgresiones alegadas por este grupo.
Los 13 congresistas esgrimieron un argumento de José María Villalta, del FA, según el cual el proyecto no podía aprobarse porque el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se opuso a este y, seis meses antes y cuatro después de las elecciones, el Congreso no puede tramitar proyectos de materia electoral contra los cuales se haya pronunciado el TSE, de acuerdo con el artículo 97 de la Constitución.
Al respecto, el criterio de los magistrados es que el proyecto de empleo público no afecta, de forma sustancial, las funciones asignadas al Tribunal de Elecciones.
“Tampoco versa manifiestamente sobre materias electorales, por lo que son inaplicables las restricciones establecidas en el artículo 97 de la Constitución Política”, explicó el Tribunal Constitucional.
Trámite legislativo en limpio
Los 13 diputados también alegaron que se violentó el principio de publicidad en el trámite de mociones del proyecto, en la Comisión de Consultas de Constitucionalidad del Congreso, cuando el texto fue adaptado a la primera resolución de la Sala IV del 31 de julio.
“No se constató alguna lesión a los derechos de enmienda y de participación democrática”, resolvió la Sala Constitucional sobre ese argumento impulsado por el diputado Pedro Muñoz, del PUSC.
Es más, la magistrada Anamari Garro negó que esa comisión permanente se haya extralimitado en el trámite de la iniciativa, desde el punto de vista constitucional.
En tercer lugar, la Sala rechazó el argumento de los 13 diputados de que se lesionaron los derechos de enmienda y participación democrática en el proceso de discusión del proyecto.
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En cuanto a la Corte Suprema de Justicia, esta había alegado que el proyecto sometería a los otros poderes del Estado a la rectoría del empleo público que se le da al Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplán).
En su consulta, la Corte Plena argumentó que, si bien la nueva versión del proyecto establece que las instituciones con independencia o autonomía definirán el salario global de sus funcionarios de categorías exclusivas, el Poder Ejecutivo sí podría regular lo relativo a los puestos comunes para todo el sector público, como choferes u oficinistas, mediante la rectoría. No obstante, la gestión de la Corte Plena fue rechazada de plano.
En cuanto al otro grupo de 20 diputados, este solicitó aclarar si la iniciativa requiere de la aprobación de 38 legisladores en segundo debate, pero su gestión también fue declarada inevacuable.
En esta resolución, la Sala estuvo conformada por Fernando Castillo, como presidente; Paul Rueda, Luis Fernando Salazar, Jorge Araya, Anamari Garro, así como los suplentes Ana María Picado y Jorge Isaac Solano.
Castillo, Rueda, Salazar, Araya y Solano coincidieron en la ausencia de inconstitucionalidades en el proyecto, mientras que Garro y Picado sí consideran que varios de los artículos resultan contrarios a la Constitución Política.
Diputados celebran fallo
La presidenta del Congreso, Silvia Hernández, destacó que el por tanto del tribunal constitucional permite determinar que el expediente legislativo no tiene problemas ni vicios en el procedimiento, ni excesos por parte de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad.
“Todo apunta a que podemos proceder con el trámite de este expediente, en segundo debate, una vez que la Sala envíe el fallo integral”, indicó Hernández.
La liberacionista considera que se requiere la opinión consultiva completa para conocer todos los detalles y aclarar si se requieren 38 votos (mayoría calificada) para la aprobación en el segundo debate o si se puede proceder por mayoría simple (29 votos).
Eduardo Cruickshank, jefe de fracción del Partido Restauración Nacional (PRN), celebró la resolución de los magistrados y lo calificó como sumamente positivo. “Es un proyecto que se requiere para avanzar en la agenda de ajuste fiscal y que se puedan continuar las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI)”.
El restauracionista también destacó que esperaba el tamiz de la Sala Constitucional, porque él integra la Comisión de Consultas de Constitucionalidad que ajustó el texto a las observaciones que hizo con anterioridad ese alto tribunal.
“Recibo con satisfacción que hayan avalado lo actuado por la mayoría de los miembros de esa comisión”, indicó Cruickshank, y manifestó que espera lo más pronto posible la resolución completa.
La jefa del Partido Acción Ciudadana (PAC), Laura Guido, explicó que la decisión de la Sala IV permite avanzar prontamente en una iniciativa “de altísima importancia para atender los disparadores del gasto público, sin vulnerar ningún derecho laboral y generando garantías y condiciones dignas para las personas trabajadoras”.
Guido cree que el proyecto también permitirá asegurar un servicio de calidad a las personas usuarias de los servicios públicos, quienes “merecen el mejor servicio posible”.
La oficialista apuntó que, si bien la tramitación del proyecto ha sido muy difícil, se ha cuidado el procedimiento. “Son normas valientes, necesarias y transformadoras que Costa Rica verá pronto convertidas en ley”, dijo.