La consulta de los diputados sobre la constitucionalidad del proyecto que legalizaría el uso medicinal del cannabis resultó inentendible para la Sala IV, pues la gestión no establecía claramente las razones por las que consideraban que la iniciativa violenta la Carta Magna.
En la opinión consultiva entregada este viernes en la Asamblea Legislativa, los magistrados les dijeron a los congresistas que “el problema principal de la consulta es que no se detiene a señalar individualmente” qué partes del proyecto de ley consultado contienen los vicios o roces que ellos afirman.
Es más, el tribunal constitucional respondió en su sentencia sobre que los congresistas “no pueden pretender” que sea la Sala, por iniciativa propia, la que construya un argumento para acuerpar una posición concreta en contra del proyecto de ley.
La Sala IV anunció, el 30 de noviembre, que el proyecto que legaliza la producción e industrialización de cannabis con fines medicinales y cáñamo no tiene vicios de forma en su trámite legislativo y que tampoco hay vicios en el fondo del expediente. En la opinión consultiva remitida este viernes al Congreso, enfatiza las razones por las que no encontraron los supuestos vicios de fondo que habían alegado los consultantes del proyecto.
Los diputados que remitieron el proyecto a la Sala Constitucional, por estar en contra de la iniciativa, son Floria Segreda, Giovanni Gómez, Mileyde Alvarado, de Restauración Nacional; Harllan Hoepelman, Ignacio Alpízar y Marolin Azofeifa, del bloque independiente Nueva República, así como Otto Roberto Vargas, del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC); los independientes Erick Rodríguez Steller y Shirley Díaz, así como Wálter Muñoz, de Integración Nacional (PIN).
Adicionalmente, los magistrados constitucionales les dijeron a esos diputados que una gestión sobre un proyecto de ley debe proveer las razones o guías de razonamiento por las cuales esos legisladores consideran que un plan es contrario al derecho de la Constitución Política.
“La consulta de constitucionalidad debería expresar -con precisión- dónde está ese contenido presuntamente inconstitucional, si es productos de varios artículos o si está en la totalidad del proyecto, de modo que ayude a desentrañar los vicios. Es así como deben señalarse las razones que dan sustento a esa conclusión”, enfatizó la resolución de la Sala IV.
Incluso, los magistrados respondieron que una gestión de consulta no puede esperar que la Sala simplemente avale o desautorice determinado contenido de una ley, solo porque sí.
A criterio de la Sala Constitucional, los diputados se limitaron a engrosar la consulta presentadas sobre el proyecto de cannabis medicinal con los informes contrarios al proyecto que habían remitido algunas instituciones.
“El ejercicio intelectual e interpretativo no debe, en modo alguno, recaer ni ser cedido al tribunal constitucional”, dicen los magistrados.
Es más, explicaron que los informes contrarios al proyecto se dieron en un momento dado de la tramitación legislativa, por lo que las dudas que se expresaban en esos informes debían ser atendidas por los diputados en el proceso de formación de la ley, ya fuera para acoger las observaciones o rechazarlas.
En particular, las observaciones que los diputados incluyeron en su consulta de constitucionalidad son las del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) y el Ministerio de Seguridad Pública.
Sin embargo, esas observaciones habrían sido superadas -dice la Sala Constitucional- por una versión de texto sustitutivo aprobada al proyecto sobre cannabis medicinal y que después fue consultado a instituciones, nuevamente.
“Los consultantes tienen la carga de la argumentación para explicar las dudas de constitucionalidad o convencionalidad que afectan al proyecto aprobado en primer debate; a su vez, no resulta una pretensión adecuada remitir expresamente los argumentos ahí señalados sin explicar los cambios sucedidos al proyecto, para que en su lugar lo haga la Sala Constitucional”, dijo el tribunal.
Es decir, que no solo remitieron informes de instituciones sin explicar sus dudas, sino que esos informes eran sobre una versión del proyecto anterior a la que fue finalmente aprobada en el plenario.
“Si se considera que el proyecto tiene problemas en diferentes frentes jurídicos, debería indicarse concretamente cuáles son, con exactitud, los posibles roces de constitucionalidad y convencionalidad”, sentenciaron los miembros de la Sala IV.
Los magistrados les reclamaron a los diputados que, si se apoyaban en los criterios del Poder Ejecutivo contra el plan de cannabis medicinal, debían expresar cuáles eran las objeciones concretas y sobre qué se pretendía que la Sala evacuara la duda de constitucionalidad, o el conflicto con tratados y convenciones internacionales.
Con la opinión consultiva recibida en la Asamblea Legislativa, los diputados ya tienen luz verde para aprobar de forma definitiva el expediente 21.388, sobre cannabis medicinal y cáñamo industrial.
La presidenta legislativa, Silvia Hernández, indicó que será voluntad de las fracciones políticas determinar qué día de la próxima semana podrían hacer esa votación en segundo debate.