La Sala IV encontró tres vicios de inconstitucionalidad en el proyecto de ley que autorizaría a la CCSS a condonar deudas de trabajadores independientes y patronos derivadas de las cargas sociales. Todas las objeciones están relacionadas con la intención de perdonar el monto principal de las deudas.
Por voto de mayoría, el Tribunal declaró inconstitucional que, en el artículo 2, se autorice a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) a condonar a los trabajadores independientes el principal de las cuotas adeudadas.
Este numeral establece que a los independientes se les perdonaría el principal más las multas, recargos e intereses, mientras que a los patronos solo las multas recargos e intereses.
Adicionalmente, la Sala declaró inconstitucional el último párrafo de este artículo que dice: “La condonación no podrá ser menor a la totalidad de los rubros indicados en este artículo, salvo una manifestación expresa de parte del deudor”.
Mediante un comunicado de prensa, los magistrados informaron de que declaran vicios en estas dos partes del artículo 2 porque “autorizan la condonación de cuotas principales del seguro social y disponen que esta no podrá ser menor a la totalidad de los rubros indicados en ese ordinal (principal por cuotas, multas, recargos e intereses)”.
Por otra parte, la Sala declaró inconstitucional el último párrafo del artículo 5, el cual plantea las reglas para condonación a los trabajadores independientes.
La parte objetada dice: “Las cuotas del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte que sean condonadas no generarán derechos ni beneficios individuales relacionados con estas”.
Al respecto, los magistrados dijeron: “Resulta inconstitucional, en cuanto regula la condonación de cuotas principales del seguro social a los trabajadores independientes, toda vez que tal condonación es justamente contraria a la Constitución Política”.
La consulta evacuada la promovieron los nueve legisladores del Partido Acción Ciudadana (PAC) y la independiente Paola Vega, quien firmó la consulta cuando todavía era oficialista.
Los diputados del PAC preguntaron si el proyecto incurría en una transgresión del artículo 73 de la Constitución, al argumentar que podrían desviarse recursos destinados a la seguridad social para otros fines distintos.
El artículo 73 establece los seguros sociales en beneficio de los trabajadores “regulados por el sistema de contribución forzosa del Estado, patronos y trabajadores, a fin de proteger a estos contra los riesgos de enfermedad, invalidez, maternidad, vejez, muerte y demás contingencias que la ley determine”.
Además, agrega que “no podrán ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales”.
Los diputados del PAC también preguntaron si existía en el plan una contradicción entre la autorización para perdonar deudas y el párrafo que decía que la condonación no podía ser inferior a la totalidad de los rubros indicados en el párrafo 2 del proyecto.
“Aunque la norma del artículo 2 en su primer párrafo, y en los incisos a y b, solo busca otorgar una autorización legal a la junta directiva de la CCSS para que pueda realizar la condonación, en el último párrafo establece qué y cómo debe condonar y se le ordena que solo puede perdonar la totalidad de los rubros”, decía la consulta del oficialismo.
Este proyecto de ley fue promovido por el socialcristiano Pedro Muñoz con la intención de condonar deudas a 117.000 trabajadores independientes.
A los patronos el plan también les perdonaría el principal, intereses y multas de los aportes adeudados al Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares (Fodesaf), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Banco Popular.
El texto fue aprobado en trámite de primer debate el 24 de agosto, con 42 legisladores a favor y tres en contra.
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Según el plan, para que los trabajadores independientes puedan acceder al perdón de sus deudas, deben cumplir con algunas condiciones, como estar inscrito en la CCSS.
También, podían acceder a la condonación quienes tuvieran en proceso una investigación administrativa, por el cobro de periodos anteriores, que aún no tuvieran una resolución en firme.
Por otra parte, la Sala declaró inevacuable una de las consultas, firmada por legisladores de Liberación Nacional (PLN), la Unidad Social Cristiana (PUSC) y varios independientes.