La Sala Constitucional rechazó una acción de inconstitucionalidad interpuesta por la exfiscala adjunta, Berenice Smith Bonilla, contra un artículo de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito que versa sobre el tráfico de influencias, mismo delito por el cual la Fiscalía la acusa.
En una votación unánime, realizada este miércoles 11 de diciembre, los altos jueces desdeñaron la gestión planteada por Smith. Así quedó de manifiesto en la sentencia número 2019-024683.
Tanto la exfiscala como el alcalde de San José, Johnny Araya Monge, y el exmagistrado Celso Gamboa Sánchez, fueron acusados por la Fiscalía por el presunto delito de tráfico de influencias. El juicio contra los tres dará inicio el 20 de enero del 2020.
LEA MÁS: Johnny Araya pedirá cambio de fecha del juicio en su contra por cercanía con elección de alcaldes
Un comunicado emitido por la Sala Constitucional detalla que la acción de Smith fue rechazada “por el fondo” y con fundamento en criterios emitidos en casos similares.
En concreto, la exfiscala alegó que el concepto de “ventaja indebida”, contenido en la disposición penal que cuestionaba, infringe los principios de legalidad y de tipicidad penal.
Sin embargo, la Sala concluyó que no existe tal infracción a esos principios, pues “el hecho de que exista una valoración e interpretación de parte del aplicador del derecho no conlleva que esta sea arbitraria o antojadiza, sino que debe atender a normas jurídicas, normas sociales o criterios éticos-jurídicos de comportamiento, socialmente reconocidos”, reza el comunicado.
El artículo 52 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito estipula que descontará entre dos y cinco años de cárcel quien, valiéndose de su cargo o jerarquía, influya en un servidor público para que este retarde u omita nombramientos, adjudicaciones, concesiones, contratos, actos o resoluciones, con el fin de generar un beneficio económico o ventaja indebida para sí o para otro.
La resolución fue emitida por los magistrados Fernando Castillo, presidente en ejercicio de la Sala IV y redactor de la sentencia; Fernando Cruz, presidente de la Corte Suprema de Justicia; Paul Rueda, Luis Fernando Salazar, Jorge Araya, y las suplentes Marta Esquivel y Alicia Salas.
Exfiscala cuestionada
A Smith, Araya y Gamboa se les relaciona con hechos ocurridos antes de las elecciones municipales del 2016, cuando, según la Fiscalía, habrían “desvirtuado la información de que Araya Monge –en ese momento candidato a alcalde de San José– figuraba como persona imputada en una causa penal".
En noviembre del 2017, La Nación reveló en un reportaje que la Fiscalía Anticorrupción eliminó el nombre de Araya de un expediente judicial en momentos en que este aspiraba a elegirse como alcalde en las elecciones municipales del 2016.
El político aparecía, junto con otras tres personas, en una causa por el supuesto delito de influencia contra la Hacienda Pública, del cual, al final, fue sobreseído en julio del 2016.
Por estos hechos, se abrieron dos expedientes penales, uno contra Gamboa y otro contra Smith y Araya.
LEA MÁS: Fiscalía acusa penalmente a Celso Gamboa por tráfico de influencias